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Datos relevantes del ejemplo:

El causante, Tomás Fernández Gartzia, viudo, falleció el día 15/09/2024 y habiendo otorgado testamento a favor de sus hijos.
Las personas herederas (sus tres hijos), de momento, quieren adjudicar el vehículo propiedad del difunto a uno de ellas (modelo 650V). 
Más adelante presentarán el modelo 650 con el resto de bienes de la herencia.
La valoración del vehículo a fecha de fallecimiento según las tablas de valoración de vehículos, es de 20.368 €.

¿Cómo rellenar el modelo 650V?

Instrucciones de página 1 de modelo 650V
1. Datos del causante:
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Causante - Instituyente: Datos de la persona fallecida.

Vecindad civil vasca: Se señalará si la persona fallecida tiene vecindad civil vasca.

Fecha de devengo: Será la fecha de fallecimiento, salvo en supuestos de devengos diferidos, como por ejemplo, uso de poder testatorio, fideicomisos, condiciones, etc.

2. Datos de la sucesión

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Régimen de la Sucesión: Deberá indicarse si es Régimen común o Régimen foral y si es:

  • Testada: Cuando el causante hubiese otorgado testamento.
  • Intestada: Cuando el causante no hubiese otorgado testamento.
  • Mixta: En caso de herencias parcialmente testadas.
  • Pacto Sucesorio: Cuando el/la causante hubiera otorgado un pacto sucesorio.

Régimen económico: Si el estado civil a la fecha de fallecimiento era casado/a o pareja de hecho, deberá consignar el régimen económico.

En nuestro ejemplo, marcamos testada porque hay un testamento y, dado que estaba viudo, no marcamos nada en el apartado de régimen económico.

3. Relación de contribuyentes:
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Parentesco

Se relacionará a cada contribuyente, haciendo constar su identificación y parentesco con la persona fallecida, así como el porcentaje de discapacidad, en su caso.

  • CY: Cónyuge.
  • PH: Pareja de hecho constituida según Ley 2/2003.
  • AS: Ascendientes en línea recta por consanguinidad (padre, madre, abuelo/a,…).
  • DS: Descendientes en línea recta por consanguinidad (hijo/a, nieto/a,…).
  • C2: Colateral segundo grado por consanguinidad (hermano/a).
  • C3: Colateral tercer grado por consanguinidad (tío/a, sobrino/a,…).
  • AA: Ascendientes por afinidad, incluidos los de la pareja de hecho, (suegros/as…).
  • DA: Descendientes por afinidad, (nueras, yernos y descendientes del otro cónyuge o pareja de hecho).
  • C4: Colateral cuarto grado (primos/as).
  • OT: Resto de grados y extraños.

Tipo discapacidad o dependencia

  • A: Grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.
  • B: Grado igual o superior al 33% e inferior al 65% que se encuentren en estado carencial de movilidad reducida.
  • C: Grado igual o superior al 65% Dependencia moderada (Grado I).
  • D: Grado igual o superior al 75% y obtener entre 15 y 39 puntos de ayuda de tercera persona, Dependencia severa (Grado II).
  • E: Grado igual o superior al 75% con 40 o más puntos de ayuda de tercera persona, Gran dependencia (Grado III).

Representado (Rep.)

Indicar si el Presentador representa (S) o no al contribuyente (N). En los casos en que el Presentador solo actúe en nombre y representación de una parte de las y los contribuyentes, deberá marcar una X en la casilla correspondiente en la parte inferior de la carátula.

Instrucciones página 2 del modelo 650V
1. Datos del causante
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Causante - InstituyenteDatos de la persona fallecida.

Fecha de devengoSerá la fecha de fallecimiento, salvo en supuestos de devengos diferidos, como por ejemplo, uso de poder testatorio, fideicomisos, condiciones, etc.

2. Características del vehículo, embarcación o aeronave
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Nº Matrícula, 1ª Fecha matriculación, Nº Bastidor y Marca/Modelo

Indique el número de matrícula completo, la fecha de matriculación, el número de bastidor así como la marca y el modelo del medio de transporte.

Propiedad

  • NP: Nuda propiedad (cuando la plena propiedad esta desmembrada en usufructo y nuda propiedad)
  • PP : Plena propiedad

Tipo:

Si el estado civil del/la causante era casado/a o pareja de hecho deberá rellenar la clave correspondiente:

  • PR: Privativo
  • GA: Ganancial
  • CO: Comunicado

En el resto de los casos se indicará como PR privativo.

Si el régimen económico matrimonial es el de comunicación foral y ésta se ha consolidado, todos los bienes serán comunicados. Deberá incluirse con la clave CO COMUNICADO, tanto los bienes privativos aportados por ambos cónyuges como los adquiridos constante matrimonio.

Valor total

Indique el valor total del medio de transporte. Cuando el bien o derecho (ganancial o comunicado) perteneciese sólo en parte a la Sociedad de Gananciales o Comunicación Foral, se reflejará el importe de dicha participación.

La valoración del medio de transporte debe realizarse conforme a su valor real. Se podrá acceder a la Valoración de medios de transporte a través del enlace https://apli.bizkaia.net/apps/danok/GZIN/castellano/caMenu.asp.

% Participación

Se indicará el porcentaje de participación que se posee sobre el bien descrito.

En caso de un medio de transporte que pertenezca a ambos cónyuges y su régimen económico sea el de Sociedad de Gananciales o el de Comunicación Foral, el porcentaje de participación será del 100%.

Valor declarado

Se señalará el valor del bien, después de aplicar el porcentaje de participación que se posee sobre él. Será el 50% del Valor Total si en Tipo se ha indicado Ganancial o Comunicado.

3. Resumen de inventario
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En este área debemos acumular todos los bienes relacionados en este modelo, los que se hayan declarado anteriormente (por ejemplo otro vehículo), así como cuandos e ha producido una adición.

 4. Fecha y firma

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Fecha y Firma: Se deberá firmar el impreso por la persona presentadora o contribuyente en las páginas 2, 3 y la carátula, además de en el Anexo 1.
Instrucciones página 3 del modelo 650V (autoliquidación)
1. Autoliquidación
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Hay que rellenar una página por cada persona heredera.

La opción por autoliquidación exigirá que todos los adquirentes interesados en la sucesión estén incluidos en el mismo documento o declaración y exista la conformidad de todos para la práctica de la autoliquidación y que en las autoliquidaciones presentadas se incluya el valor de la totalidad de los bienes y derechos transmitidos.

2. Contribuyente
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3. Datos del causante
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Causante - InstituyenteDatos de la persona fallecida.

4. Importe hereditario individual:
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5. Reducciones
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6. Base liquidable:
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Cuota a ingresar

La base liquidable se traslada a la escala de gravamen y se obtiene el tipo impositivo en función de la cuantía de la base liquidable y el grado de parentesco entre la persona transmitente y la adquirente, salvo para el grupo I (cónyuge o pareja de hecho constituida según la Ley 2/2003, ascendiente, descendiente en línea recta por consanguinidad, adoptante o adoptado), al que se le aplica el tipo impositivo del 1,5%.

  • Tarifa I (Grupos II y III): Ascendientes y descendientes del otro/a cónyuge o pareja de hecho, hermanos/as, tíos/as, sobrinos/as consanguíneos, suegros/as, yernos y nueras.
  • Tarifa II (Grupo IV): Extraños/as y primos/as.

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7. Fecha y firma

Fecha y Firma: Se deberá firmar el impreso por la persona presentadora o contribuyente en las páginas 2, 3 y la carátula, además de en el Anexo 1.

Siguiendo con nuestro ejemplo, por cada persona heredera debe rellenar una página:

Batuz Batuz
Anexo adquisición de vehículo
1. Datos del presentador/a:
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Se indicarán los datos de la persona presentadora.

2. Datos de la Sucesión:
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Se incluirán los datos de la persona fallecida y de las personas sucesoras.

3. Datos del vehículo:
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Se indicarán los datos del vehículo que se adjudica, así como su valor.

4. Firma de personas herederas y adjudicataria:
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En este apartado deben señalar el heredero al que se adjudica el vehículo; es necesaria la firma de todas las personas herederas y la firma de quien se adjudica el vehículo.

Carátula
1. Carátula
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2. Datos del presentador/a:
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Carácter del presentador/a

El presentador/a de la declaración o autoliquidación tributaria, y, en su caso, de otros documentos, tendrá, por el solo hecho de la presentación, el carácter de mandatario/a de las personas obligadas al pago del impuesto, y todas las notificaciones que se le hagan en relación con la declaración o autoliquidación presentada, tendrán el mismo valor y producirán iguales efectos que si se hubieran entendido con los mismos interesados.

3. Datos del documento
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Datos del documento:

Marcar X en:

  • Documento público: (si se adjunta Escritura Pública, en cuyo caso, también se rellenará la fecha de documento y número de protocolo) o en
  • Documento Privado: (si se adjunta un Escrito) o en
  • Modelo: (si no se acompaña documento).
4. Hechos imponibles comprendidos en el documento:
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Marque el hecho imponible que se haya producido (en nuestro caso es una sucesión y se produce solo un hecho imponible). Marque también la casilla Vehículos.

5. Fecha y firma
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Se deberá firmar el impreso por la persona presentadora o contribuyente en las páginas 2, 3 y la carátula, además de en el Anexo 1.

6. A cumplimentar únicamente en las sucesiones:
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En las sucesiones en que el Presentador solo actúe en nombre y representación de una parte de las y los contribuyentes, deberá marcar una X en la casilla.
Personas Obligadas a tributar en Bizkaia
  • Contribuyentes con residencia habitual en España cuando la persona fallecida tenga su residencia habitual en Bizkaia a fecha de fallecimiento.
  • Contribuyentes con residencia habitual en Bizkaia cuando la persona fallecida tenga su residencia habitual en el extranjero a fecha de fallecimiento.
  • Contribuyentes con residencia en el extranjero, independientemente del lugar de residencia de la persona fallecida, en las adquisiciones de bienes y derechos situados en territorio español cuando, radicando en el País Vasco el mayor valor de los bienes y derechos, el valor de los que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en Bizkaia sea mayor que el valor de los mismos en cada uno de los otros dos Territorios Históricos.
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Modelo a presentar

Modelo 650 V o también se puede adquirir en las oficinas de Hacienda Foral de Bizkaia. 
Asimismo, existe un programa de ayuda para la confección del modelo.
 

Plazo de presentación
El Plazo de presentación  es de un año, contado desde el día del fallecimiento (fecha de devengo); en el caso de ejercicio del poder testatorio por parte de comisario, contado desde que se produce el uso de ese poder testatorio.
Lugar y forma de presentación

PRESENCIAL:

  • Oficina de Bilbao de Hacienda Foral de Bizkaia. C/ Capuchinos de Basurto nº 4.
  • Oficinas Descentralizadas de Basauri, Getxo y Mungia (autoliquidaciones sin cuota a ingresar).
  • Oficinas Liquidadoras del Distrito Hipotecario (Registros de la Propiedad) según los municipios que correspondan a la misma.

La atención presencial se presta únicamente con cita previa

Qué debe incluirse

Número de matrícula, fecha de 1ª matrícula, nº bastidor y marca-modelo-tipo. Estos datos vienen recogidos en el permiso de circulación del vehículo objeto de transmisión.

Valoración de los bienes y derechos

Para la valoración de bienes y derechos se tendrá en cuenta el valor real (valor normal de mercado) a la fecha de devengo (fecha de fallecimiento, salvo excepciones: poderes testatorios, pactos sucesorios…)

El valor consignado de los bienes y derechos debe ser, como mínimo, el VMA (valor mínimo atribuible) de los bienes inmuebles de naturaleza urbana, o los valores de los medios de transporte establecidos en las tablas oficiales

Base Imponible

La base imponible será igual al valor neto de la adquisición individual de cada persona heredera o legataria, entendiéndose el valor neto como valor real de los bienes y derechos minorados por las cargas y deudas que fueran deducibles.
 

Reducciones más frecuentes

Tendrá derecho, en su caso, a determinadas reducciones por parentesco, por minusvalía, por convivencia en la vivienda habitual, entre otras.

Al tratarse de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción (descendientes, ascendientes, cónyuges o parejas de hecho constituidas según la Ley 2/2003) se aplicará una reducción de 400.000 euros por cada persona heredera.

Además de la reducción anterior, si el o la adquirente es una persona con minusvalía física, psíquica o sensorial con derecho a deducción en el impuesto sobre la Renta, se aplicará una reducción de 100.000 euros, independientemente de la que pudiera corresponder en función del grado de parentesco del heredero/a o legatario/a con la persona causante.

Cuota a ingresar por los beneficiarios
  • Después de aplicar las reducciones, cuando la base liquidable sea superior a 0, debe calcularse la cuota a ingresar.
  • La cuota íntegra del Impuesto se obtendrá aplicando a la base liquidable, el tipo o la tarifa que corresponda en función de los grupos de grado de parentesco:
    • Parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción (Grupo I): abuelos, padres, hijos, nietos, cónyuge o pareja de hecho, se aplicará un tipo fijo del 1,5%.
    • Al Resto de parentescos
      • Tarifa I (Grupo II y III): Ascendientes y descendientes del otro/a cónyuge o pareja de hecho, hermanos/as, tíos/as consanguíneos, sobrinos/as consanguíneos, suegros/as, yernos y nueras, etc.
      • o la Tarifa II (Grupo IV): Extraños/as y primos/as, cuñados/as, tíos/as políticos/as, sobrinos/as políticos/as, etc.
Tarifa I (Grupos II y III)
Tarifa I (Grupos II y III): Ascendientes y descendientes del otro/a cónyuge o pareja de hecho, hermanos/as, tíos/as, sobrinos/as consanguíneos, suegros/as, yernos y nueras.
 
Base liquidable Hasta (€) Cuota íntegra (€) Resto base liquidable hasta (€) Tipo %
0,00 0,00 9.230,00 5,70
9.230,00 526,11 18.450,00 7,98
27.680,00 1.998,42 18.450,00 10,26
46.130,00 3.891,39 46.110,00 12,54
92.240,00 9.673,58 92.220,,00 15,58
184.460,00 24.041,46 276.650,00 19,38
461.110,00 77.756,23 461.080,00 23,18
922.190,00 184.534,57 1.383.230,00 28,50
2.305.420,00 578.755,12 En adelante 34,58
Tarifa II (Grupos IV)
Tarifa II (Grupo IV): Extraños/as y primos/as.
Tarifa II - Grupo IV
Base liquidable Hasta (€) Cuota íntegra (€) Resto base liquidable hasta (€) Tipo %
0,00 0,00 9.230,00 7,60
9.230,00 701,48 18.450,00 10,64
27.680,00 2.664,56 18.450,00 13,68
46.130,00 5.188,52 46.110,00 16,72
92.240,00 12.898,11 92.220,00 20,52
184.460,00 31.821,66 276.650,00 25,08
461.110,00 101.205,48 461.080,00 29,64
922.190,00 237.869,59 1.383.230,00 35,72
2.305.420,00 731.969,34 En adelante 42,56
Documentación a presentar (original y copia)

General:

  • DNI de la persona fallecida y de los herederos/as y/o legatarios/as.
  • Certificado de defunción.
  • Certificado del registro de últimas voluntades.
  • Original y copia del testamento. Cuando hubiere fallecido sin otorgar testamento, acta notarial de notoriedad o auto judicial de declaración de personas herederas.
  • Certificado de residencia de la persona fallecida de los 5 años anteriores a su fallecimiento.

Vehículos:

  • Permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica.

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