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La localización de la entrega de gas natural, electricidad, frío o calor entregados a través de una red variará en función del fin con el que se adquiera ese bien:
Reventa
Si el fin de la adquisición es la posterior reventa, la localización se determinará en base a dónde se localice el cliente (sede de actividad económica, establecimiento permanente o residencia habitual):
  • Si el cliente se localiza en la Península o Baleares, la entrega estará sujeta en el territorio de aplicación del IVA español.
  • Si el cliente se localiza en un estado miembro de la Unión Europea, la entrega no está sujeta en territorio de aplicación del IVA español, está sujeta en el Estado miembro donde se localiza el cliente.
  • Si el cliente se localiza en Canarias, Ceuta o Melilla, la entrega no está sujeta en el territorio de aplicación del IVA español, sin perjuicio de su sujeción al IGIC en Canarias, o IPSI en Ceuta o Melilla.
  • Si el cliente se localiza en un estado de fuera de la Unión Europea, la entrega no está sujeta en territorio de aplicación del IVA español, está sujeta en el Estado miembro donde se localiza el cliente.
Consumo propio
Si el fin de la adquisición es el consumo propio, la localización se determinará en base a dónde se localice el contador que mide el consumo:
  • Si el contador que mide el consumo se encuentra en la Península o Baleares, la entrega está sujeta en el territorio de aplicación del IVA español.
  • Si el contador que mide el consumo se encuentra en un país miembro de la Unión Europea, además, habrá que tener en cuenta dónde se localiza el proveedor:
    • Si el proveedor se localiza dentro de la UE (Península y Baleares incluido), La entrega está sujeta en el Estado miembro donde se realiza el consumo efectivo.
    • Si el proveedor se localiza fuera de la UE (territorio tercero, incluido Canarias, Ceuta y Melilla), la entrega no está sujeta en territorio de aplicación del IVA español, está sujeta en el Estado miembro donde se localiza el cliente.
  • Si el contador que mide el consumo se encuentra en Canarias, Ceuta o Melilla, la entrega no está sujeta en el territorio de aplicación del IVA español, sin perjuicio de su sujeción al IGIC en Canarias o IPSI en Ceuta y Melilla.
  • Si el contador que mide el consumo se encuentra en un país fuera de la Unión Europea, la entrega no está sujeta en el territorio de aplicación del IVA español.

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