No puedes pedir la ayuda. Para solicitar la ayuda es necesario que;
- La suma de las rentas de todas las personas que convivan en el mismo domicilio (cónyuge o pareja de hecho, descendientes con derecho a deducción y ascendientes hasta el segundo grado), sean inferiores a 27.000 euros anuales íntegros (es decir, el importe bruto percibido sin descontar gastos ni retenciones)
- El patrimonio, descontando la vivienda habitual, no supere los 75.000 euros.
- Los ingresos y el patrimonio:
- Se considerará los ingresos y el patrimonio de todas las personas convivientes anteriores a fecha 1 de enero de 2023.
- Se calcularán con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20, apartados 1, 4 y 5 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital.