DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

RECUERDE QUE TIENE QUE TRAER MODELO 600 CUMPLIMENTADO Y APORTAR COPIA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
  • Original y fotocopia Sentencia judicial con el Convenio Regulador como consecuencia de una separación o divorcio, aprobado judicialmente o escritura pública de disolución de gananciales.
  • Fotocopia del NIF de los cónyuges.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

Plazo de presentación: La autoliquidación, junto con los documentos, se presentará en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el momento en que se realice el acto o contrato. Cuando se trate de documentos judiciales se entenderá causado el acto o contrato en la fecha de firmeza de la correspondiente resolución judicial.

Obligatoriedad telemática:
  • En virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Única, apartado uno, del Decreto Foral 100/2020, de 24 de noviembre de la DFB, por el que se modifica el Reglamento de Gestión de los Tributos del T.H.B., en materia de Administración electrónica, las gestorías y notarías se encuentran obligadas, para documentos póliza y escrituras públicas y respecto a hechos imponibles devengados a partir del 1 de enero de 2021, a la presentación por vía telemática del modelo 600 del Impuesto de TP y AJD.
  • Asimismo, será obligatoria la presentación telemática de los contratos de préstamos entre particulares (tras identificarse en el apartado "Giltza" accederá directamente a la página donde puede realizar el trámite)

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