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Tributación en ITPyAJD de la cancelación de la anotación de un embargo

¿Cómo tributa en el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados la cancelación de la anotación de un embargo?

Cancelación de embargo

Aunque no está sujeto al impuesto se debe presentar el impreso 600 porque es un requisito para su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Modelo 600: (Mandamiento) cancelación de embargo

Modelo 600: cancelación de embargo

Pasos a realizar:
  1. Rellenar el modelo 600.
  2. Entregar en Hacienda Foral de Bizkaia en Bilbao o en las oficinas liquidadoras del Registro hipotecario (Lugar de presentación) el modelo relleno y la siguiente documentación:
    • Original y fotocopia del mandamiento judicial, que documente la operación.
    • Fotocopia del NIF del sujeto pasivo y de las personas intervinientes.

Plazo de presentación: La autoliquidación, junto con los documentos, se presentará en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el momento en que se realice el acto o contrato. Cuando se trate de documentos judiciales se entenderá causado el acto o contrato en la fecha de firmeza de la correspondiente resolución judicial.

Enlaces:

Obligatoriedad telemática

Obligatoriedad telemática:

  • En virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Única, apartado uno, del Decreto Foral 100/2020, de 24 de noviembre de la DFB, por el que se modifica el Reglamento de Gestión de los Tributos del T.H.B., en materia de Administración electrónica, las gestorías y notarías se encuentran obligadas, para documentos póliza y escrituras públicas y respecto a hechos imponibles devengados a partir del 1 de enero de 2021, a la presentación por vía telemática del modelo 600 del Impuesto de TP y AJD.
  • Asimismo, será obligatoria la presentación telemática de los contratos de préstamos entre particulares (tras identificarse en el apartado "Giltza" accederá directamente a la página donde puede realizar el trámite)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

RECUERDE QUE TIENE QUE TRAER MODELO 600 CUMPLIMENTADO Y APORTAR COPIA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
  • Original y fotocopia del mandamiento judicial, que documente la operación
  • Fotocopia del NIF del sujeto pasivo y de las personas intervinientes.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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