web
Está desconectado. Se trata de una versión de solo lectura de la página.
close
Tributación en ITPyAJD de la disolución de una comunidad de bienes o sociedad civil

¿Cómo tributa en el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados la disolución de una comunidad de bienes o sociedad civil?

La disolución de una comunidad de bienes o sociedad civil,
que realicen Actividades Económicas, está Sujeta a la modalidad de operaciones societarias del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Base Imponible: El capital que quede a la disolución, liquidando cada comunero o socio el capital que se adjudique a la hora de la disolución.

Tipo impositivo: 1 por 100

Modelo 600: Disolución de sociedad

Modelo 600: Disolución/liquidación de Sociedad

Pasos a realizar:
  1. Rellenar el modelo 600 y si el resultado es a pagar proceder al pago en una entidad financiera colaboradora.
  2. Entregar en Hacienda Foral de Bizkaia en Bilbao o en las oficinas liquidadoras del Registro hipotecario (Lugar de presentación) el modelo relleno (con la acreditación del pago realizado, si es el caso)) y la siguiente documentación:
    • Original y fotocopia de la escritura pública, documento privado, que documente la operación .
    • Siempre original y copia del escrito de liquidación.
    • Fotocopia del NIF del sujeto pasivo y de las personas intervinientes.

Plazo de presentación : La autoliquidación, junto con los documentos, se presentará en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el momento en que se realice el acto o contrato.

Enlaces:

Obligatoriedad telemática

Obligatoriedad telemática:

  • En virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Única, apartado uno, del Decreto Foral 100/2020, de 24 de noviembre de la DFB, por el que se modifica el Reglamento de Gestión de los Tributos del T.H.B., en materia de Administración electrónica, las gestorías y notarías se encuentran obligadas, para documentos póliza y escrituras públicas y respecto a hechos imponibles devengados a partir del 1 de enero de 2021, a la presentación por vía telemática del modelo 600 del Impuesto de TP y AJD.
  • Asimismo, será obligatoria la presentación telemática de los contratos de préstamos entre particulares (tras identificarse en el apartado "Giltza" accederá directamente a la página donde puede realizar el trámite)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

RECUERDE QUE TIENE QUE TRAER MODELO 600 CUMPLIMENTADO Y APORTAR COPIA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
  • Original y fotocopia de la escritura pública, documento privado, que documente la operación.
  • Siempre original y copia del escrito de liquidación.
  • Fotocopia del NIF del sujeto pasivo y de las personas intervinientes.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

Ayúdanos a mejorar

¿Cómo valoras la utilidad del artículo?

Grado de satisfacción

Gracias por compartir tu valoración, esto nos ayuda a mejorar tu experiencia.