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¿Qué requisitos se deben cumplir para aplicar la deducción por discapacidad o dependencia?
  • Para aplicar la deducción es necesario acreditar que a 31 de diciembre (o a la fecha de fallecimiento si es anterior) ya existían las circunstancias de discapacidad o dependencia.
  • Se admite cualquier medio de prueba válido en derecho, como resoluciones del Departamento de Acción Social de la DFB, del INSS, de otras CCAA o resoluciones judiciales.
  • La incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez reconocida por la Seguridad Social constituye prueba suficiente de un grado mínimo del 33%.
¿Puedo aplicar la deducción por discapacidad o dependencia de otras personas?
Además de la propia discapacidad o dependencia, es posible aplicar la deducción respecto a:
  • Cónyuge o pareja de hecho.
  • Descendientes, ascendientes, parientes colaterales hasta cuarto grado o personas bajo tutela.
  • Personas mayores de 65 años que no estén incluidas en los grupos anteriores.
Para ello deben cumplirse los siguientes requisitos:
  • Convivencia con el/la contribuyente o, si la persona reside en una residencia, que la persona contribuyente satisfaga total o parte relevante de los gastos de la misma.
  • Las rentas anuales no exentas de la persona discapacitada o dependiente no deben superar el doble del SMI,
  • Cuando se trate de la deducción por discapacidad del cónyuge o pareja de hecho estos requisitos no se exigen, solo se exige la acreditación de la discapacidad.
¿Qué requisitos se deben cumplir para poder aplicar la deducción por discapacidad o dependencia de otras personas?
  • Deberán convivir con el/la contribuyente o en el supuesto de que dichas personas residan en una residencia, el/la contribuyente deberá satisfacer los gastos de esta o asumir una parte relevante de los mismos. 
  • Las rentas anuales (sin incluir las exentas) de las personas dependientes o discapacitadas no podrán ser superiores al doble del Salario Mínimo Interprofesional del año correspondiente (este requisito no se exige para la deducción por discapacidad de cónyuge o pareja de hecho ni para la del propio contribuyente). 
Devengo y/o Fallecimiento antes del 31/12.

El impuesto se devenga:

  • el 31 de diciembre, o
  • el día del fallecimiento, si es anterior.

Si fallece la persona con derecho a la deducción, las circunstancias familiares se fijan en la fecha del fallecimiento y el importe no se reduce proporcionalmente.

Más información sobre el devengo
¿Puedo rectificar la opción ejercida inicialmente?
La deducción, ya sea por la propia discapacidad o la del cónyuge o por la de otra persona conviviente,  constituye una opción que debe ejercerse al presentar la declaración.
Una vez presentada, la opción solo puede modificarse:
  • Antes del 1 de julio (fin del periodo voluntario), o
  • Después, siempre que la Administración no haya iniciado ninguna actuación previa.
Para cambiar la opción ejercida (incorporar o eliminar la deducción), debe presentarse un escrito de rectificación a través de la sede electrónica de la DFB.

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

Estos datos los puedes editar en el menú DATOS PERSONALES Y FAMILIARES.

  • Si deseas modificar tu propia discapacidad o dependencia, deberás seleccionar el botón EDITAR DATOS DE PERSONA.
  • Si lo que quieres es aplicar la deducción por discapacidad de un hijo o de otras personas con derecho a esta deducción, deberás seleccionar el botón PERSONA RELACIONADA y seguidamente clicar en EDITAR DATOS DE PERSONA.
  • Si quieres aplicar la deducción por discapacidad de tu cónyuge o p/h, en los datos de tu cónyuge o p/h con discapacidad, deberás marcar “Deducción por discapacidad aplicada por el cónyuge”.

¿Cómo modificar el borrador para recoger la discapacidad que tiene reconocida?

¿Cómo incluir o modificar en el borrador de renta la deducción por discapacidad de mi cónyuge o pareja de hecho?


Documentación necesaria
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
  • Para acreditar la discapacidad y/o dependencia se podrá aportar cualquier prueba admitida en derecho (por ejemplo, resolución emitida por el Departamento de Acción Social de  la DFB, INSS o por órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas, resolución judicial, etc.) 
  • Justificante del pago del gasto de la residencia. 
  • Certificado de empadronamiento. 
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y en su caso modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado, en el botón de ayuda; 
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: Navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": Aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: Comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: Pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: Comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
 


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse. 

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación: 

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: Aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: Se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: Asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: Pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: Verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el boton superior "Mis Gestiones"entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar.
  7. Selecciona el archivo: Comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA
: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: Antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y poder comprobar los datos recogidos. 
  3. Elige el tipo de declaración: Decide si la presentación será individual o conjunta: Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa el botón “Presentar” para enviar tu declaración; y verifica que la cuenta bancaria y tu domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante, el resguardo de presentación. Este documento acredita que tu declaración se ha enviado correctamente.

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial, en la opción que te interese (declaración individual o conjunta), seleccionando Datos fiscales, datos declarados y cálculos, se abrirá un cuadro en el que podremos optar por ver en una nueva pestaña del navegador la simulación de la liquidación; podrás visualizar, guardar o imprimir el documento.
 

Verás tu declaración completa y todos los conceptos de la misma, así como los cálculos internos  realizados por el sistema para llegar al resultado final (Bases, cuotas...). Además, podrás visualizar el detalle de cada apartado identificado en la declaración, pinchando en los elementos subrayados.

 

A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacerle un seguimiento al expediente generado o descargar, entre otros, la declaración presentada, se deberá dirigir a la sede electrónica y acceder al apartado MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás encontrar un cronograma de las actuaciones que se han realizado con tu declaración, la documentación adjunta al expediente y podrás, en caso necesario, iniciar nuevos trámites correspondientes al expediente.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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