
Mediante Orden Foral del Diputado de Hacienda y Finanzas se podrán autorizar otros lugares de pago.
Enlaces
Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2020
A partir del 1/1/2020 las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago deberá realizarse en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia. No obstante, las personas físicas que no ejerzan actividades económicas deberán realizar la solicitud de aplazamiento de pago a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia a partir del 1 de agosto de 2021.
Para realizar la solicitud de un aplazamiento, es necesario seguir los siguientes pasos:
Los recargos del periodo ejecutivo son de dos tipos, que serán incompatibles entre sí: recargo ejecutivo y recargo de apremio.
Se calcularán sobre la cuota tributaria o cantidad que resulte de la obligación de realizar pagos a cuenta y, en su caso, sobre el importe de los recargos legalmente exigibles a que se refiere la letra d) del apartado 2 del artículo 56 de la Norma Foral General Tributaria y de las sanciones.
Los recargos del periodo ejecutivo serán compatibles con las sanciones tributarias.
No. Se devuelve sin necesidad de que lo solicite el interesado.
A estos efectos, el interés de demora se devengará desde la fecha en que se hubiese realizado el ingreso indebido hasta la fecha en que se adopte el acuerdo en que se reconozca el derecho a percibir la correspondiente devolución.
946 125 500
En el caso de Liquidaciones, el pago se hace mediante la Carta de pago que se haya recibido con la notificación de la liquidación. También se puede obtener una vez generada, en cualquier oficina descentralizada de Hacienda Foral de Bizkaia o en la Oficina de hacienda en Bilbao, (Calle Capuchinos de Basurto 4, planta baja).
También puede hacerse un ingreso parcial de la liquidación. Para ello se debe obtener una carta de pago parcial en las oficinas de hacienda.
El pago de una autoliquidación puede realizarse:
El pago puede realizarse en cualquier entidad financiera colaboradora, incluso fuera del plazo de presentación del modelo. Se exceptúan los modelos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, emitirá al momento una carta de pago que se facilitará al presentador, mediante la cual podrá acudir a cualquier entidad financiera colaboradora a efectuar el ingreso (pago) del impuesto.
También podrá realizarse el ingreso a través de "Pagos Online" de www.bizkaia.eus, con cualquiera de las tarjetas de pago de las entidades financieras adheridas al servicio.
Con el propio impreso o modelo tributario. Si quiere hacer un pago parcial tiene que acudir a una oficina de Hacienda para que le den una carta de pago parcial (con un modelo V10).
Es necesario tener lun medio de identificación electrónico.
Gracias por compartir tu valoración, esto nos ayuda a mejorar tu experiencia.
Preguntas frecuentes
¿Necesitas más ayuda?