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En los siguientes apartados podrás consultar las preguntas más frecuentes sobre deudas y recaudación.
¿Dónde se puede realizar el pago de una deuda tributaria?
  • Las autoliquidaciones se pueden abonar:
    • Con carta de pago por ingreso en una de las entidades financieras colaboradoras o por la pasarela de pagos Mi pago.
    • Por domiciliación bancaria si se han presentado por medios telemáticos, son del segundo plazo de IRPF o corresponden a aplazamientos concedidos.
  • Las liquidaciones se pueden abonar por ingreso en entidades financieras colaboradoras o a través de la pasarela de pagos Mi pago.
  • Los aplazamientos de pago se abonan exclusivamente por domiciliación.
  • Los recibos se pueden abonar por domiciliación o por abono en entidades financieras colaboradoras.
  • Las deudas también se pueden extinguir mediante compensación o dación en pago.

Mediante Orden Foral del Diputado de Hacienda y Finanzas se podrán autorizar otros lugares de pago.

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¿Dónde puede presentarse una solicitud de aplazamiento de la deuda tributaria?

Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2020

A partir del 1/1/2020 las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago deberá realizarse en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia. No obstante, las personas físicas que no ejerzan actividades económicas deberán realizar la solicitud de aplazamiento de pago a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia a partir del 1 de agosto de 2021.

¿Dónde y cómo puede solicitarlo?

¿Cómo solicitar un aplazamiento por Sede Electrónica?

Para realizar la solicitud de un aplazamiento, es necesario seguir los siguientes pasos:

  1. Accederemos a la sede electronica www.ebizkaia.eus y nos identifícaremos con un medio de identificación electrónico.
  2. En el buscador de “Catálogo de trámites” escribiremos “Aplazamientos”. Entre los resultados dados, seleccionaremos el trámite “Aplazamientos y Fraccionamientos”.
  3. Pulsaremos en el botón TRAMITAR del apartado " Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago".
  4. Si la persona identificada en BizkaiBai es Asesor, deberá indicar el cliente para el que solicita el aplazamiento.
  5. A continuación, se ofrece una pantalla en las que se visualizan las deudas del solicitante, y se deberán elegir una o varias para que formen parte del Aplazamiento.
  6. Una vez elegidas las deudas, se rellenan el resto de datos necesarios para la solicitud de aplazamiento.
  7. Se confirma la presentación de la solicitud de aplazamiento, después de haber visto y aceptado el borrador del formulario.
  8. Una vez confirmada la solicitud, se puede consultar el formulario L-13 resultante, desde la misma pantalla que informa de la confirmación de la solicitud, pinchando en Visualizar Solicitud o desde el menú principal, pinchando en Formas de Pago / Aplazamiento y Fraccionamiento , y dentro de él Ver Solicitudes.

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Recargos e intereses de demora

¿Cuáles son los recargos del periodo ejecutivo?

Los recargos del periodo ejecutivo son de dos tipos, que serán incompatibles entre sí: recargo ejecutivo y recargo de apremio.

Se calcularán sobre la cuota tributaria o cantidad que resulte de la obligación de realizar pagos a cuenta y, en su caso, sobre el importe de los recargos legalmente exigibles a que se refiere la letra d) del apartado 2 del artículo 56 de la Norma Foral General Tributaria y de las sanciones.

  • El recargo ejecutivo, que será del 5 por ciento, se devengará de forma automática y será exigible con el inicio del periodo ejecutivo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de esta Norma Foral.
  • No obstante, cuando se realice el pago efectivo y total dentro de los tres primeros días hábiles del período ejecutivo, el recargo ejecutivo será del 0,5 por ciento (aplicable a deudas tributarias cuyo periodo ejecutivo se inicie a partir del 1 de julio de 2025).
  • Notificada la providencia de apremio y transcurrido el plazo extraordinario establecido para el pago en el apartado 3 del artículo 60 de esta Norma Foral, se exigirá el recargo de apremio, que será del 20 por ciento.

Los recargos del periodo ejecutivo serán compatibles con las sanciones tributarias.

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En una devolución por ingresos indebidos ¿hay que solicitar la devolución de intereses?

No. Se devuelve sin necesidad de que lo solicite el interesado.

A estos efectos, el interés de demora se devengará desde la fecha en que se hubiese realizado el ingreso indebido hasta la fecha en que se adopte el acuerdo en que se reconozca el derecho a percibir la correspondiente devolución.

Para información llámenos
946 125 500
 

¿Cómo se pueden pagar las diferentes deudas?

¿Cómo se puede pagar una liquidación?

En el caso de Liquidaciones, el pago se hace mediante la Carta de pago que se haya recibido con la notificación de la liquidación. También se puede obtener una vez generada, en cualquier oficina descentralizada de Hacienda Foral de Bizkaia o en la Oficina de hacienda en Bilbao, (Calle Capuchinos de Basurto 4, planta baja).

También puede hacerse un ingreso parcial de la liquidación. Para ello se debe obtener una carta de pago parcial en las oficinas de hacienda.

DONDE
  • En cualquier entidad financiera colaboradora, incluso fuera del plazo de presentación del modelo.
  • Por INTERNET (sin necesidad de tener certificado electrónico) se necesita tener los datos de la carta de pago.Pago on-line.
¿Cómo se puede pagar una autoliquidación?

El pago de una autoliquidación puede realizarse:

Modelos tributarios presentados presencialmente

El pago puede realizarse en cualquier entidad financiera colaboradora, incluso fuera del plazo de presentación del modelo. Se exceptúan los modelos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, emitirá al momento una carta de pago que se facilitará al presentador, mediante la cual podrá acudir a cualquier entidad financiera colaboradora a efectuar el ingreso (pago) del impuesto.

También podrá realizarse el ingreso a través de "Pagos Online" de www.bizkaia.eus, con cualquiera de las tarjetas de pago de las entidades financieras adheridas al servicio.

¿Cómo?

Con el propio impreso o modelo tributario. Si quiere hacer un pago parcial tiene que acudir a una oficina de Hacienda para que le den una carta de pago parcial (con un modelo V10).

Modelos tributarios presentados por Internet

Es necesario tener lun medio de identificación electrónico.

¿Cómo puedo pagar mi deuda tributaria?

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Preguntas frecuentes

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