Diferencias entre sociedad civil y comunidad de bienes
SOCIEDADES CIVILES :Contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, para realizar una actividad empresarial en común con ánimo de repartir entre sí las ganancias.
COMUNIDADES DE BIENES: Contrato por el cual la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas (comuneros). En ningún caso aparecerá el nombre comercial (no es inscribible), y su razón social serán los nombres y apellidos de las personas o entidades comuneras
¿Sociedad civil, comunidad de bienes o de propietarios?