- La herencia no está aceptada.
- No hay cónyuge viudo o miembro de la pareja de hecho superviviente y si lo hay no tiene el usufructo universal de la herencia.
- Hay actividad económica o alquiler de inmuebles.
Nota:
Se establece la obligación de disponer de NIF para las relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria.