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Estoy casado en el régimen económico de comunicación foral y, junto con mi mujer, tengo varios productos financieros. ¿Quién debe declararlo en la renta?
Estoy casado en el régimen económico de comunicación foral y, junto con mi mujer, tengo una cuenta de ahorro y unos bonos. Además, tengo unas acciones que adquirí por herencia de mi padre y he rescatado un plan de ahorro/jubilación del que yo era tomador, asegurado y beneficiario. ¿Quién debe declararlo en la renta?

Los rendimientos de capital se atribuyen a los contribuyentes que sean titulares de los elementos patrimoniales, bienes o derechos de los que provengan dichos rendimientos (teniendo en cuenta las normas sobre titularidad jurídica aplicables en cada caso y en función de las pruebas aportadas por aquéllos; serán de aplicación las normas sobre titularidad jurídica de los bienes y derechos contenidas en las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio o de la pareja de hecho, así como en los preceptos de la legislación civil aplicables en cada caso a las relaciones patrimoniales entre los miembros de la familia).
En el presente caso, los rendimientos de la cuenta de ahorro, del plan de ahorro (es un seguro) y de los bonos se atribuirán al 50% a cada cónyuge. Los rendimientos de las acciones (se trata de un bien privativo, al haber sido adquirido por herencia) se atribuirá al titular del mismo al 100%.
He cancelado una imposición a plazo anticipadamente y la entidad me ha aplicado una penalización. ¿Cómo debo reflejarlo en la declaración?
El importe que debo imputar como rendimiento es la diferencia entre el importe percibido por principal e intereses, minorado, en su caso, en la comisión aplicada por tal cancelación, y el importe inicialmente entregado.
 
Al contratar una imposición me han hecho un regalo en la entidad bancaria. ¿Tengo que declararlo? ¿Cómo?
Los regalos que se reciben en las entidades bancarias, generalmente por contratar productos, domiciliar nóminas, etc., y que se entregan a todas las personas que cumplan los requisitos exigidos, son retribuciones en especie y por lo tanto constituyen un rendimiento de capital mobiliario de la base del ahorro
Me ha tocado un premio en un sorteo efectuado entre los clientes de una entidad bancaria ¿Cómo lo declaro en IRPF?
En el caso concreto del premio se produce un cambio en el patrimonio haciendo que el mismo tenga mayor valor. Por lo tanto se trata de una ganancia patrimonial que, además irá a la base general del impuesto porque no procede de ninguna transmisión de elementos patrimoniales del obligado tributario.
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En este apartado "Cuentas bancarias: rendimientos (intereses)" se reflejan los datos correspondientes a los rendimientos de cuentas bancarias: Cuentas corrientes, de ahorro, imposiciones a plazos, etc. 

Documentación necesaria
Si existen discrepancias con los datos que aparecen en tu borrador de renta, podrás cambiarlos de acuerdo a la documentación acreditativa que justifique los nuevos datos.  
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia 
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¿Cómo introducir o modificar los datos? ¿Cómo adjuntar documentación? ¿Cómo presentar la declaración? ¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa EN PDF?
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