Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse.
Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?