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Si uno se queda con más bienes y derechos que el otro hay exceso de adjudicación.
Ejemplo: 
Piso        200.000
Acciones 50.000
Préstamo 50.000
 
BIENES A REPARTIR KEPA JONE
Piso        200.000 x
Acciones 50.000 x
Préstamo 50.000 x
NETO 200.000 50% 100.000  +50.000 € -50.000
 
EXCESO FISCAL KEPA 50.000 € + 50% préstamo (25.000€) = 75.000 €. Porcentaje 75.000/200.000=37,5%

Jone está "vendiendo" el 37,5% del piso (VE 37,5% 200.000 y VA (valor compra) x 37,5%
Kepa está adquiriendo el 37,5 % del piso 
¿Puede hacer declaración de la renta en Hacienda?
  • Si adjudican la misma valoración de bienes o derechos (ejemplo A un piso por 100 y B dos pisos que valen 100) : no hay exceso y por tanto SI pueden hacer la declaración de la renta
  • Si se adjudican uno más que otro (ej A piso por 100 y préstamo de 50), B piso por 50. Hay exceso de adjudicación (en los bienes y derechos) y por tanto está fuera de la carta de servicios.
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