No existen exenciones, tributa todo generando un Rendimiento de Trabajo.

Si las primas han sido imputadas al trabajador:
  • Se integra al 25% si es Invalidez Permanente Absoluta o Gran Invalidez o han transcurrido más de 8 años desde la primera prima para contratos de seguro concertados después de 31-12-94.
  • El 60% en el resto de casos de invalidez.
Si las primas no han sido imputadas al trabajador se integrará al 60% para cualquier grado de invalidez.

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