web
Está desconectado. Se trata de una versión de solo lectura de la página.
close
  • La NF 4/2024 da nueva redacción al art. 9.7 de la NF 13/2013 y establece que las percepciones derivadas de contratos de seguro por daños físicos, psíquicos y morales por cualquier causa están exentas hasta 150.000 euros. Esta cuantía se elevará a 200.000 euros si la lesión inhabilitara al perceptor para la realización de cualquier ocupación o actividad y a 300.000 euros si, adicionalmente, el perceptor necesitara de la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida diaria. No será de aplicación la presente exención a las percepciones derivadas de contratos de seguro cuyas primas o cantidades abonadas den derecho a la reducción de la base imponible general.
  • Por tanto, las indennizaciones por daños a personas consecuencia de enfermedad no generada por incidente o accidente también están exentas con los límites anteriores.
  • Las cantidades percibidas que excedan de los límites exentos tributarán así: 
    • Si las primas han sido imputadas al trabajador:
    • Se integra al 25% si es Invalidez Permanente Absoluta o Gran Invalidez o han transcurrido más de 8 años desde la primera prima para contratos de seguro concertados después de 31-12-94.
    • El 60% en el resto de casos de invalidez.
    • Si las primas no han sido imputadas al trabajador se integrará al 60% para cualquier grado de invalidez.

La información recogida en este artículo es válida para la declaración de la renta del ejercicio 2024. No obstante, se han aprobado cambios normativos que entrarán en vigor en la declaración de 2025 o 2026. Puede consultar los detalles en el siguiente enlace: Cambios introducidos por la NF 2/2005.

Le recomendamos revisar esta información con antelación para estar al tanto de las novedades.


¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?
 

 
¿CÓMO APORTAR LOS DATOS...
ADJUNTAR LA DOCUMENTACIÓN...
PRESENTAR LA DECLARACIÓN...
VER MI DECLARACION EN PDF?
¿Cómo introducir o modificar los datos? ¿Cómo adjuntar documentación? ¿Cómo presentar la declaración? ¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa EN PDF?
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

Ayúdanos a mejorar

¿Cómo valoras la utilidad del artículo?

Grado de satisfacción

Gracias por compartir tu valoración, esto nos ayuda a mejorar tu experiencia.

Preguntas frecuentes

¿Necesitas más ayuda?