Existe obligación de declarar si se obtuvieron rendimientos brutos de trabajo anuales por importe superior a 20.000 euros, sin incluir los exentos. A los efectos exclusivos de determinar si existe obligación de presentar declaración, no se aplicarán los porcentajes de integración que pudieran corresponder (por ejemplo, por rescate de una EPSV).
Ejemplo:
Se obtienen rendimientos brutos obtenidos por un rescate de una EPSV: 25.000 €, ¿hay obligación de declarar el impuesto sobre la renta?
Dado que los rendimientos de trabajo superan los 20.000 euros, existe obligación de presentar declaración. A los efectos de saber si estás obligado a presentar deberás tener en cuenta el importe total del rescate; después, en la declaración, podrás integrarlo al 60%, si se cumplen los requisitos.
¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?
¿CÓMO APORTAR LOS DATOS...
ADJUNTAR LA DOCUMENTACIÓN...
PRESENTAR LA DECLARACIÓN...
VER MI DECLARACION EN PDF?
Campaña Renta 24 desde el 10 de abril al 30 de junio del 2025
Presentar la declaración en nuestras OFICINAS de lunes a viernes de 8:30 a 19:00