Existe obligación de declarar si se obtuvieron rendimientos brutos de trabajo anuales por importe superior a 20.000 euros, sin incluir los exentos. A los efectos exclusivos de determinar si existe obligación de presentar declaración, no se aplicarán los porcentajes de integración que pudieran corresponder (por ejemplo, por rescate de una EPSV).
Ejemplo:
Se obtienen rendimientos brutos obtenidos por un rescate de una EPSV: 25.000 €, ¿hay obligación de declarar el impuesto sobre la renta?
Dado que los rendimientos de trabajo superan los 20.000 euros, existe obligación de presentar declaración. A los efectos de saber si estás obligado a presentar deberás tener en cuenta el importe total del rescate; después, en la declaración, podrás integrarlo al 60%, si se cumplen los requisitos.