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Tributación de la prestación de un seguro colectivo que recibe la persona trabajadora tras un incidente o accidente
  • Si la persona trabajadora fallece como consecuencia del accidente, tributará por el impuesto de sucesiones y donaciones
  • Si no fallece, la prestación tributará en IRPF.
Exención por cobro de seguro colectivo en forma de capital a consecuencia de daños físicos, psíquicos o morales
Las percepciones en forma de capital derivadas de contratos de seguro por daños físicos, psíquicos o morales están exentas hasta 150.000 euros.
Esta cuantía se elevará a 200.000 euros si la lesión inhabilitara al perceptor para la realización de cualquier ocupación o actividad y a 300.000 euros si, adicionalmente, el perceptor necesitara de la existencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida diaria.
Tributación de las percepciones de los seguros colectivos por invalidez que no han quedado exentas y las procedentes de un seguro colectivo de jubilación
  • En general tributarán al 60%.
  • Tributan al 100%: Cuando las primas (por jubilación) tengan menos o igual a 2 años o que se trate de prestaciones por jubilación e invalidez percibidas en forma de renta.
  • Tributarán al 25% si las primas han sido imputadas al trabajador y correpondan a:
    • Prestación por jubilación: correspondan a primas satisfechas con más de 5 años de antelación a la fecha en que se perciban. También se aplicará el mismo porcentaje cuando hayan transcurrido más de 8 años desde el pago de la primera prima (para los contratos de seguros celebrados a partir del 31 de diciembre de 1994).
    • Prestación por invalidez permanente total, absoluta y gran invalidez o las prestaciones por invalidez que deriven de contratos con más de 8 años de antigüedad (para los contratos de seguros celebrados a partir del 31 de diciembre de 1994)
La cuantía de los rendimientos sobre los que se aplicarán los porcentajes de integración inferiores al 100 por 100 no podrá superar el importe de 300.000 euros anuales. El exceso sobre el citado importe se integrará al 100 por100.

Dispone de más información aquí.
 
Exención de seguros colectivos gratuitos para el personal sanitario
En los ejercicios 2020 y 2021 estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, las prestaciones por las contingencias de enfermedad y fallecimiento por causa de la COVID-19, derivadas de seguros colectivos gratuitos a favor del personal sanitario suscritos por entidades aseguradoras.
En los  siguientes enlaces  dispones de información relacionada con la tributación de los seguros colectivos:

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

Comprueba si los importe incluidos en el apartado de Sueldos, pensiones y similares son correctos, si necesitas hacer cambios edita y añade los datos necesarios.
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Documentación necesaria
  • Deberás aportar la documentación emitida por la compañía de seguros donde se acrediten los cambios que necesitas efectuar. 
  • Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
    Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
    ¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
    Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y en su caso modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado, en el botón de ayuda; 
    Botón de ayuda

    ¿Necesitas ayuda?

    Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

    Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

    1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.

    2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: Navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

    3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": Aparece junto al dato que quieres modificar.

    4. Introduce el valor correcto en el campo: Comprueba que el dato es el que corresponde.

    5. Guarda los cambios: Pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

    6. Revisa la simulación de la liquidación: Comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

    Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
     


    NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
     
    ¿Cómo adjuntar la documentación?

    Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse. 

    Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación: 

    1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.
    2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: Aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
    3. Selecciona la persona declarante y la sección: Se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
    4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: Asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
    5. Confirma la subida del documento: Pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
    6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: Verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
     

    Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

    ¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

    Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

    1. Accede a la sede electrónica.
    2. Pulsa sobre el boton superior "Mis Gestiones"entra en el apartado "Mis expedientes".
    3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
    4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
    5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
    6. Pulsa el botón "Adjuntar.
    7. Selecciona el archivo: Comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
    8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

    NOTA
    : los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
     
    ¿Cómo presentar la declaración?

    Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

    1. Accede con tu clave o certificado digital.
    2. Revisa la simulación: Antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y poder comprobar los datos recogidos. 
    3. Elige el tipo de declaración: Decide si la presentación será individual o conjunta: Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
    4. Pulsa el botón “Presentar” para enviar tu declaración; y verifica que la cuenta bancaria y tu domicilio fiscal son correctos.
    5. Descarga y guarda el justificante, el resguardo de presentación. Este documento acredita que tu declaración se ha enviado correctamente.

    Declaraciones sustitutivas
    Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

    • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
    • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

    NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
     
    ¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
    Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial, en la opción que te interese (declaración individual o conjunta), seleccionando Datos fiscales, datos declarados y cálculos, se abrirá un cuadro en el que podremos optar por ver en una nueva pestaña del navegador la simulación de la liquidación; podrás visualizar, guardar o imprimir el documento.
     

    Verás tu declaración completa y todos los conceptos de la misma, así como los cálculos internos  realizados por el sistema para llegar al resultado final (Bases, cuotas...). Además, podrás visualizar el detalle de cada apartado identificado en la declaración, pinchando en los elementos subrayados.

     

    A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacerle un seguimiento al expediente generado o descargar, entre otros, la declaración presentada, se deberá dirigir a la sede electrónica y acceder al apartado MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás encontrar un cronograma de las actuaciones que se han realizado con tu declaración, la documentación adjunta al expediente y podrás, en caso necesario, iniciar nuevos trámites correspondientes al expediente.
    Para información llámenos
    946 125 500
    Para atención presencial 

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