¿Cómo tributa en el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados el arrendamiento de una vivienda?
Introducción
Arrendamiento sujeto a TPO
Opción de compra
Pasos a realizar y plazo
Introducción
Debemos distinguir:
- Viviendas sujetas a IVA, es decir, de viviendas que constituyen una primera entrega y que se arriendan por el promotor.
- El arrendamiento queda sujeto a IVA aun cuando se trate de arrendamiento para uso como vivienda (art. 20.23.b y d de la Norma Foral de IVA).
- La Opción de compra está sujeta a IVA.
- El arrendamiento quedará sujeto al 0,5% de Actos Jurídicos Documentados si está en escritura pública. (0,5% sobre la renta media mensual).
- La opción de compra quedará sujeto al 0,5% de Actos Jurídicos Documentados si está en escritura pública. Sobre el precio pactado para la opción.
- Viviendas que no cumplen el punto 1 están sujetas a Transmisiones Patrimoniales.
2.A) ARRENDAMIENTO: SUJETO A TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS.
- Sujeto pasivo: Arrendatario.
- Base imponible: Renta media mensual.
- Cuota tributaria dependerá de la renta mensual
Cuota por renta mensual
RENTA MENSUAL |
CUOTA |
0,00-300,00 |
43,25 € |
300,01-900,00 |
130 € |
900,01 en adelante |
130 € + 1,50 euros por cada 10 euros o fracción |
Modelo 600:
2.B) OPCIÓN DE COMPRA: SUJETO A TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS
- Sujeto pasivo: El arrendatario.
- Base imponible: El mayor de estos dos, precio pactado para la opción o el 5% del valor comprobado del bien. (Valor Mínimo Atribuible)
- Tipo: 4% (si se cumplen los requisitos de tributación al 2,5% podrá solicitar la devolución) Instrucción 4/2012
Modelo 600
Modelo 600: Opción de compra
Pasos a realizar y plazo:
- Rellenar el modelo 600 y proceder al pago en una entidad financiera colaboradora.
- Entregar en Hacienda Foral de Bizkaia en Bilbao o en las oficinas liquidadoras del Registro hipotecario (Lugar de presentación) el modelo relleno (con la acreditación del pago realizado) y la siguiente documentación:
- Original y fotocopia del contrato de arrendamiento o la escritura pública, que documente la operación.
- Fotocopia del NIF de las/los inquilinas/os y arrendadores que no residan en Bizkaia.
Plazo de presentación: La autoliquidación, junto con los documentos, se presentará en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el momento en que se realice el acto o contrato. Cuando se trate de documentos judiciales se entenderá causado el acto o contrato en la fecha de firmeza de la correspondiente resolución judicial.
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