¿Cómo tributa en el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y AJD la transmisión de un inmueble nuevo distinto a una vivienda?
Está sujeta y no exenta de Actos jurídicos documentados.
Hay que tener en cuenta que las parcelas de garaje con un máximo de dos, y los anexos, situados en el mismo edificio, que se transmitan conjuntamente con la vivienda tienen la consideración de transmisión de vivienda, por lo que estarían exentos (vínculo a ficha de vivienda).
El tipo impositivo aplicable: 0,5%
Base imponible: el precio de compra (sin IVA)
Modelo 600 Instrucciones de cumplimentación:
Deberá presentarse un modelo de autoliquidación por cada sujeto pasivo y por cada hecho imponible sujeto al Impuesto. En caso de que la transmisión se realice a favor de una sociedad de gananciales, se rellenará un único modelo por cada hecho imponible. Se indicará el objeto del acto o contrato con su código correspondiente (relacionados en la hoja de instrucciones del modelo 600).
Modelo 600: Inmuebles que no son vivienda (Locales, garajes sueltos, trasteros sueltos, terrenos, etc. sujetos a IVA)
Pasos a realizar:
- Rellenar el modelo 600 y proceder al pago en una entidad financiera colaboradora.
- Entregar en Hacienda Foral de Bizkaia en Bilbao o en las oficinas liquidadoras del Registro hipotecario (Lugar de presentación) el modelo relleno (con la acreditación del pago realizado) y la siguiente documentación:
- Original y fotocopia de la escritura pública
- Fotocopia del NIF del sujeto pasivo y del o de la transmitente.
- Plazo de presentación : La autoliquidación, junto con los documentos, se presentará en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el momento en que se realice el acto o contrato.
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