¿Cómo tributa en el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y AJD la transmisión de bienes muebles en general?
Tributan en el impuesto de transmisiones patrimoniales las compraventas de bienes muebles.
El tipo impositivo aplicable es el 4%.
Base imponible: El precio pagado o el precio medio de venta aplicable que figure en las tablas publicadas en el BOB (en este caso no procederá la comprobación por ningún otro medio diferente).
Modelo 600 Instrucciones de cumplimentación:
Deberá presentarse un modelo de autoliquidación por cada sujeto pasivo y por cada hecho imponible sujeto al Impuesto. En caso de que la transmisión se realice a favor de una sociedad de gananciales, se rellenará un único modelo por cada hecho imponible. Se indicará el objeto del acto o contrato con su código correspondiente (relacionados en la hoja de instrucciones del modelo 600)
Pasos a realizar:
- Rellenar el modelo 600 y proceder al pago en una entidad financiera colaboradora.
- Entregar en Hacienda Foral de Bizkaia en Bilbao o en las oficinas liquidadoras del Registro hipotecario (Lugar de presentación) el modelo relleno (con la acreditación del pago realizado) y la siguiente documentación:
- Original y fotocopia del contrato de compraventa que contenga el acto sujeto al Impuesto.
- Fotocopia del NIF del sujeto pasivo y de las personas transmitentes.
Plazo: La autoliquidación, junto con los documentos, se presentará en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el momento en que se realice el acto o contrato. Cuando se trate de documentos judiciales se entenderá causado el acto o contrato en la fecha de firmeza de la correspondiente resolución judicial.
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