El valor mínimo atribuible de terrenos y bienes tanto rústicos como urbanos puede obtenerse telemáticamente desde el apartado “Acceso Libre Datos no protegidos”, en la oficina virtual de catastro en la web de la Diputación Foral de Bizkaia sin necesidad de ningún sistema de identificación telemático.
VMA de Bienes inmuebles
- En el caso de bienes urbanos es necesario introducir:
- NIF/CIFde la persona solicitante
- Fecha para la que se solicita la valoración
- Número fijo o dirección postal del inmueble
- En el caso de bienes rústicos es necesario introducir:
- NIF/CIFde la persona solicitante
- Fecha para la que se solicita la valoración
- Municipio, polígono y parcela ó Referencia catastral
Cuando no tengo valor mínimo atribuible sobre un bien inmueble, ¿Cómo se lo solicito a la Administración?
Para solicitar el valor mínimo atribuible de los bienes inmuebles con carácter previo a su adquisición o transmisión, se debe hacer la solicitud en la Sección de Catastro y valoración aportando la documentación necesaria.
Documentación a presentar en bienes de naturaleza urbana:
- Copia del DNI de la persona solicitante
- Copia último recibo del impuesto bienes inmuebles si lo hubiere
- En caso de solares, cédula urbanística que refleje la edificabilidad del terreno, emitida en los últimos 15 días.
- Borrador de la escritura pública por la que se formalizará el cambio de titularidad y número fijo o referencia catastral del bien inmueble a valorar