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Si genera Invalidez Permanente:
  • Con una Incapacidad permanente total (Invalidez no inferior al 33%) estará exento hasta 150.000€
  • Con una Incapacidad permanente absoluta estará exento hasta 200.000 €.
  • Con gran Invalidez está exento hasta 300.000 €.
Los excesos sobre la cantidad exenta tendrán el tratamiento de rendimiento de capital mobiliario que se integrará en la Base del ahorro.
 

La información recogida en este artículo es válida para la declaración de la renta del ejercicio 2024. No obstante, se han aprobado cambios normativos que entrarán en vigor en la declaración de 2025 o 2026. Puede consultar los detalles en el siguiente enlace: Cambios introducidos por la NF 2/2005.

Le recomendamos revisar esta información con antelación para estar al tanto de las novedades.


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