Si genera Invalidez Permanente:
  • Con una Incapacidad permanente total (Invalidez no inferior al 33%) estará exento hasta 150.000€
  • Con una Incapacidad permanente absoluta estará exento hasta 200.000 €.
  • Con gran Invalidez está exento hasta 300.000 €.
Los excesos sobre la cantidad exenta tendrán el tratamiento de rendimiento de capital mobiliario que se integrará en la Base del ahorro.
 
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