La presentación de la declaración fuera de plazo cuyo resultado sea a pagar conlleva, dependiendo del caso, el pago de los intereses de demora, el recargo por presentación extemporánea o recargos del periodo ejecutivo y la imposición de sanción, en su caso.
Concretamente:
Si presentas la declaración SIN requerimiento previo de la Administración:
- Antes de 6 meses desde el fin del periodo voluntario de presentación:
- Recargo por presentación extemporánea (5% sobre la cuota a pagar)
- Tras más de 6 meses desde el fin del periodo voluntario de presentación:
- Intereses de demora desde el fin del periodo voluntario hasta la fecha de presentación y
- Recargo por presentación extemporánea (5% sobre la cuota a pagar)
Si la presentas TRAS requerimiento previo de la Administración:
- Intereses de demora desde el fin del periodo voluntario hasta la fecha de presentación
- Sanción.