De acuerdo con el Reglamento de facturación, se podrán expedir facturas mediante
series separadas cuando existan razones que lo justifiquen, como cuando se cuente con
varios establecimientos desde los que efectúe sus operaciones, o cuando se realicen
operaciones de distinta naturaleza. No obstante, será
obligatoria, en todo caso, la expedición en series específicas de las
facturas rectificativas o las
facturas simplificadas.
En el menú superior seleccionar GESTIÓN/GESTIÓN SERIES
(1
) y seleccione a continuación el botón ALTA NUEVA SERIE
(2
):
En esta pantalla hay que
rellenar obligatoriamente los campos
Nombre y descripción. El resto son opcionales.
- Nombre: El nombre de la serie. Todas las series deben comenzar por DFB_
- Descripción: La descripción de la serie.
- Rectificativa: Se indica sólo si la factura es rectificativa.
- Simplificada: Se indica sólo si la serie es para emitir facturas sin destinatario o no.