De acuerdo con el Reglamento de facturación, se podrán expedir facturas mediante series separadas cuando existan razones que lo justifiquen, como cuando se cuente con varios establecimientos desde los que efectúe sus operaciones, o cuando se realicen operaciones de distinta naturaleza. No obstante, será obligatoria, en todo caso, la expedición en series específicas de las facturas rectificativas o las facturas simplificadas.

En el menú superior seleccionar GESTIÓN/GESTIÓN SERIES (1) y seleccione a continuación el botón ALTA NUEVA SERIE (2):

En esta pantalla hay que rellenar obligatoriamente los campos Nombre y descripción. El resto son opcionales.

  1. Nombre: El nombre de la serie. Todas las series deben comenzar por DFB_
  2. Descripción: La descripción de la serie.
  3. Rectificativa: Se indica sólo si la factura es rectificativa.
  4. Simplificada: Se indica sólo si la serie es para emitir facturas sin destinatario o no.

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