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Datos relevantes del ejemplo:
  • El fallecido ha sido residente en Bizkaia los últimos 5 años (por tanto, se aplica la normativa de Bizkaia).
  • Herederos:
    • Cónyuge (casado en régimen de gananciales y con 51 años en la fecha de fallecimiento), instituida en la herencia usufructuaria universal vitalicia; por tanto, el valor de ese usufructo es el 38% (89 años-51 años).
    • Hijo, heredero del resto, 62% (100%-38% de la madre usufructuaria).
  • El fallecido tenía bienes privativos (que pertenecen exclusivamente al fallecido) y gananciales (pertenecientes  a los dos cónyuges). Estos bienes se detallan en los siguientes apartados:

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