
El límite máximo de 240.000 euros se aplica de forma individual, también en los supuestos de tributación conjunta, y opera como un crédito fiscal que se va consumiendo a medida que el contribuyente decide dejar exentas por este motivo las ganancias que obtiene en los sucesivos períodos impositivos.
Venta de acciones por 300.000€ y soy mayor de 65 años. La ganancia patrimonial ha sido de 10.000€. ¿Qué importe puedo destinar a la constitución de una RVA? ¿Cómo calculo la ganancia exenta?
La cantidad máxima total que podrá destinarse a constituir la renta vitalicia será de 240.000€
Cuando el importe reinvertido sea inferior al total de lo percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida.
En este caso la ganancia exenta sería 8.000 = 240.000 x 10.000 / 300.000 y la persona contribuyente tendría que tributar por una ganancia de 2.000€ .
La señora AA, que cumplió 65 años el 2 de febrero, transmite un local de su propiedad el día 5 de julio por 220.000 euros. Dicho inmueble fue adquirido por 100.000 euros el 4 de febrero de 2004. Del importe obtenido en la enajenación se ha destinado 175.000 euros a la constitución de una renta vitalicia asegurada, a favor de la señora AA, el 1 de noviembre.
Ganancia patrimonial: 220.000 – (100.000 x 1,323) = 87.700 €.
Ganancia patrimonial que queda exenta con reinversión parcial: Importe reinvertido = 175.000 €.
Ganancia patrimonial exenta = (175.000 / 220.000) x 87.700 = 69.761,36 €.
Ganancia patrimonial no exenta que tributará en la base imponible del ahorro: (45.000 / 220.000) x 87.700 = 17.938,64 €.
El importe a reinvertir es el valor de transmisión total, incluida la retención. No obstante, cuando la ganancia patrimonial esté sometida a retención y el valor de transmisión minorado en el importe de la retención se destine íntegramente a constituir una renta vitalicia en el plazo de seis meses, el plazo para destinar el importe de la retención a la constitución de la renta vitalicia se ampliará hasta la finalización del ejercicio siguiente a aquel en el que se efectúe la transmisión.
Ejemplo: el 30 de mayo vendo un fondo de inversión por importe de 100.000 € brutos (me retienen 8.000 € y percibo 92.000 €). Los 92.000 € los tengo que invertir en la Renta Vitalicia Asegurada antes del 30 de noviembre (6 meses desde la transmisión). Para reinvertir los 8.000 € de la retención tengo de plazo hasta el 31 de diciembre del próximo ejercicio.
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y, en su caso, modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado tienes el botón de ayuda.

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Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.
Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:
Accede a tu declaración desde la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.
Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).
Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": aparece junto al dato que quieres modificar.
Introduce el valor correcto en el campo: comprueba que el dato es el que corresponde.
Guarda los cambios: pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.
Revisa la simulación de la liquidación: comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.
Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse.
Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación:
Accede a tu declaración en la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.
Localiza la opción “Adjuntar documentación”: aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
Selecciona la persona declarante y la sección: se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
Confirma la subida del documento: pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:
Accede a la sede electrónica.
Pulsa sobre el botón superior "Mis Gestiones" y entra en el apartado "Mis expedientes".
Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
Pulsa el botón "Adjuntar".
Selecciona el archivo: comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".
NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:
Accede con tu clave o certificado digital.
Revisa la simulación: antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y comprobar los datos.
Elige el tipo de declaración: individual o conjunta. Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
Pulsa “Presentar” y verifica que la cuenta bancaria y el domicilio fiscal son correctos.
Descarga y guarda el justificante (resguardo de presentación).
Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.
Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.
NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial (individual o conjunta), selecciona Datos fiscales, datos declarados y cálculos. Se abrirá un cuadro y podrás ver la simulación en una nueva pestaña para visualizar, guardar o imprimir.
Verás tu declaración completa y todos los conceptos, así como los cálculos internos (bases, cuotas...). Además, podrás ver el detalle de cada apartado pinchando en los elementos subrayados.
A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacer un seguimiento al expediente o descargar la declaración presentada, se deberá acudir a la sede electrónica y acceder a MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás ver un cronograma de actuaciones, la documentación adjunta y, si es necesario, iniciar nuevos trámites.
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