
La vecindad civil es un estado civil que tienen todas las personas por ser vecinas o estar adscritas a un territorio determinado y hace que cada persona esté sujeta a la legislación civil común, especial o foral de la Comunidad Autónoma Vasca.
El hecho de tener la vecindad civil en alguno de los territorios vascos marcará la sujeción al Derecho civil vasco.
Desde la entrada en vigor de la Ley 5/2015, de 25 de junio, del Derecho Civil Vasco, quienes gocen de vecindad civil en cualquiera de los territorios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, adquirirán automáticamente la vecindad civil vasca y la vecindad civil local que, en su caso, les corresponda.
Por el contrario, para aquellos que quieran adquirir la vecindad civil vasca y gocen de vecindad civil en cualquiera de los territorios de España que no formen parte de la Comunidad Autónoma Vasca, podrán hacerlo conforme a las normas contenidas en el Código Civil.
En consecuencia, en este último supuesto, se podrá adquirir la vecindad civil vasca:
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