
Los arrendamientos de vivienda cuyo destino sea satisfacer las necesidades permanentes de vivienda de las personas inquilinas tributa en la Base del ahorro.
Se ha modificado la tarifa aplicable a partir del 1 de enero de 2026 de la Renta del ahorro. En esta tarifa tributan los arrendamientos de vivienda "residencia continuada" , los rendimientos del ahorro (dividendos, cuentas, seguros,...) y las ganancias de patrimonio de la Base del ahorro (transmisión de inmuebles, fondos de inversión, acciones,...)

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