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Personas obligadas

Las personas beneficiarias de un seguro de vida, cuando la persona fallecida hubiera tenido su residencia habitual en Bizkaia a la fecha de fallecimiento.

En las siguientes fichas dispone de información completa de los trámites a realizar

DOCUMENTACION A PRESENTAR

RECUERDE QUE TIENE QUE TRAER MODELO 652 CUMPLIMENTADO Y APORTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN (original y copia)
 
  • DNIde la persona fallecida y de las personas beneficiarias.
  • Certificado de defunción expedido por el Registro Civil.
  • Certificado de la Compañía de Seguros en el que se especifique el importe a percibir, la identificación del tomador del seguro y de los beneficiarios y beneficiarias.
  • Certificado de residencia de la o del causante (persona fallecida) de los cinco años anteriores a su fallecimiento.

En el caso de que se designen como beneficiarios/as a:
  • El conyuge y/o los hijos o hijas, deberá aportarse el libro de familia o certificado equivalente.
  • Herederos o herederas legales, deberá aportarse certificado de últimas voluntades y testamento, o declaración de hererderos abintestato en su caso. 
Para información llámenos
946 125 500
Una vez cumplimentado el impreso y recopilada toda la documentación necesaria puede concertar su cita aquí 

CITA PREVIA

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