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En este apartado se consignan las cotizaciones efectuadas a la Seguridad Social como consecuencia de la suscripción de un Convenio especial, es decir, las abonadas por el o la contribuyente que resulten deducibles.

Las abonadas por la persona empleadora serán deducibles si previamente se han imputado como ingreso (retribución en especie) para el/la trabajador/a.
 
¿Son deducibles las cuotas pagadas por un convenio especial con la Seguridad Social, para asegurarse el cobro de una pensión de jubilación en el futuro?¿y si no tiene ingresos?
Las cotizaciones efectuadas a la Seguridad Social como consecuencia de la suscripción de un Convenio Especial resultan fiscalmente deducibles, como gasto de los rendimientos del trabajo. aun cuando no se obtengan ingresos por este concepto. De modo que dichas cotizaciones pueden dar lugar a la obtención de un rendimiento neto del trabajo negativo.
¿Cómo se acredita que las cuotas las ha pagado la persona contribuyente?
Si las cuotas pagadas por el convenio especial figuran en el 10T, como ingreso o retribución en especie, resultarán deducibles para el trabajador. Si no fuera así, deberá adjuntar en la documentación los justificantes bancarios de los pagos en concepto de convenio especial, en los que conste la titularidad de la cuenta bancaria.  

La información recogida en este artículo es válida para la declaración de la renta del ejercicio 2024. No obstante, se han aprobado cambios normativos que entrarán en vigor en la declaración de 2025 o 2026. Puede consultar los detalles en el siguiente enlace: Cambios introducidos por la NF 2/2025.

Le recomendamos revisar esta información con antelación para estar al tanto de las novedades.


¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?
En el apartado "Sueldos, pensiones y similares - Convenio especial" podrás comprobar, editar o añadir las cuotas pagadas por el convenio especial con la Seguridad Social. Veamos un ejemplo de:
 

¿Cómo introducir o modificar los datos del gasto por convenio especial con la Seguridad social?





 

Documentación necesaria
  • El 10T para el caso de que las cuotas pagadas por el convenio especial figuran en él, como ingreso o retribución en especie. 
  • En otro caso, deberás adjuntar los justificantes bancarios de los pagos en concepto del convenio especial, en los que conste la titularidad de la cuenta bancaria. 
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
¿CÓMO APORTAR LOS DATOS...
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¿Cómo introducir o modificar los datos? ¿Cómo adjuntar documentación? ¿Cómo presentar la declaración? ¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa EN PDF?
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