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Me han concedido una incapacidad permanente total,  como consecuencia de ello el banco que me concedió el préstamo hipotecario ha resultado beneficiario del importe de la indemnización del seguro de vida vinculado al préstamo hipotecario que tenía suscrito. ¿Cómo debo declararlo en la declaración de la renta?
El importe de la indemnización, derivada de la contingencia de incapacidad, percibida por el banco como beneficiario de esta y con la obligación de amortizar total o parcialmente la deuda hipotecaria del contribuyente, tiene el mismo tratamiento fiscal que si el beneficiario hubiera sido el propio contribuyente.

Por lo tanto, en tu caso podrás aplicar al importe percibido, la exención del artículo 9.7 de la Norma Foral 13/2013, siempre y cuando cumplas los requisitos para su aplicación.
Mi banco resulta beneficiario de un seguro por valor de 200.000€ al concederme una incapacidad permanente total derivada de un accidente y amortiza el saldo pendiente del préstamo. ¿Cómo debo declararlo en la declaración de la renta?

Tengo un contrato de seguro de vida vinculado a un préstamo hipotecario (seguro de amortización de préstamo), por el que mi banco ha resultado beneficiario por un importe de 200.000 € al concederme una incapacidad permanente total derivada de un accidente. Con la indemnización de 200.000€ el banco ha cancelado el saldo pendiente de amortizar del préstamo hipotecario que me concedió. ¿Cómo debo declararlo en la declaración de la renta?

Al percibir una indemnización por incapacidad permanente total derivada de un accidente se puede acoger a la exención del articulo 9.7 de la NF 13/2013 del IRPF, siendo la exención para el caso de incapacidad permanente total 150.000€ por lo tanto la cantidad que tiene que tributar como rendimiento de capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro son 50.000€ = (200.000€-150.000€) que es la diferencia entre importe de la indemnización y la exención.

  • En la casilla “Importe de operación” debes indicar el importe total pagado por la compañía de seguros, 200.000€ en este caso.
  • En la casilla “Ingresos no exentos” debes indicar el importe por el que debes tributar (una vez descontado la cantidad exenta, si cumples los requisitos para aplicar la exención del artículo 9.7 de la NF 13/2013 del IRPF), en este caso 50.000€
Mi banco resulta beneficiario de un seguro por valor de 200.000€ al concederme una incapacidad permanente total derivada de una enfermedad y amortiza el saldo pendiente del préstamo. ¿Cómo debo declararlo en la declaración de la renta?

Tengo un contrato de seguro de vida vinculado a un préstamo hipotecario (seguro de amortización de préstamo), por el que mi banco ha resultado beneficiario por un importe de 200.000€ al concederme una incapacidad permanente total derivada de una enfermedad. Con la indemnización de 200.000€ el banco ha cancelado el saldo pendiente de amortizar del préstamo hipotecario que me concedió. ¿Cómo debo declararlo en la declaración de la renta?

Al percibir una indemnización por incapacidad permanente total derivada de una enfermedad no se puede aplicar la exención del artículo 9.7 de la NF 13/2013 del IRPF, por lo tanto la cantidad que tiene que tributar como rendimiento de capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro son 200.000€

  • En la casilla “Importe de operación” debes indicar el importe total pagado por la compañía de seguros, 200.000€ en este caso.
  • En la casilla “Ingresos no exentos” debes indicar también el importe total pagado por la compañía de seguros por no cumplir los requisitos para aplicar la exención del artículo 9.7 de la NF 13/2013 del IRPF).
Mi banco resulta beneficiario de un seguro por valor de 100.000€ al concederme una incapacidad permanente total derivada de un accidente y amortiza el saldo pendiente del préstamo. ¿Cómo debo declararlo en la declaración de la renta?

Tengo un contrato de seguro de vida vinculado a un préstamo hipotecario (seguro de amortización de préstamo), por el que mi banco ha resultado beneficiario por un importe de 100.000€ al concederme una incapacidad permanente total derivada de un accidente. Con la indemnización de 100.000€ el banco ha cancelado el saldo pendiente de amortizar del préstamo hipotecario que me concedió. ¿Cómo debo declararlo en la declaración de la renta?

Al percibir una indemnización por incapacidad permanente total derivada de un accidente se puede acoger a la exención del artículo 9.7 de la NF 13/2013 del IRPF, siendo la exención para el caso de incapacidad permanente total 150.000€.

Por lo tanto, no tendría que tributar ya que el importe de la indemnización recibida (100.000€) es inferior al importe de la exención (150.000€).

En el borrador de la declaración de la renta debes indicar los siguientes importes:

  • En la casilla “Importe de operación” debes indicar el importe total pagado por la compañía de seguros, 100.000€ en este caso.
  • En la casilla “Ingresos no exentos” debes indicar 0,00€ ya que toda la indemnización está exenta, por cumplir los requisitos para aplicar la exención del artículo 9.7 de la NF 13/2013 del IRPF.

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

En el apartado "Seguros cuyo beneficiario es quién concede la hipoteca: rendimientos" se reflejan los datos correspondientes a rendimientos de seguros cuyo beneficiario es el Acreedor Hipotecario.
Documentación necesaria
  • Póliza del seguro de amortización del préstamo.
  • Justificante del importe de la indemnización.
  • Justificante de la cancelación, amortización del préstamo.
  • Justificante que acredite la causa de la invalidez: Accidente, enfermedad.
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y en su caso modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado, en el botón de ayuda; 
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: Navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": Aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: Comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: Pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: Comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
 


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse. 

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación: 

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: Aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: Se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: Asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: Pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: Verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el boton superior "Mis Gestiones"entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar.
  7. Selecciona el archivo: Comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA
: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el boton superior "Mis Gestiones"entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar.
  7. Selecciona el archivo: Comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA
: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
Revisar simulación
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial, en la opción que te interese (declaración individual o conjunta), seleccionando Datos fiscales, datos declarados y cálculos, se abrirá un cuadro en el que podremos optar por ver en una nueva pestaña del navegador la simulación de la liquidación; podrás visualizar, guardar o imprimir el documento.
 

Verás tu declaración completa y todos los conceptos de la misma, así como los cálculos internos  realizados por el sistema para llegar al resultado final (Bases, cuotas...). Además, podrás visualizar el detalle de cada apartado identificado en la declaración, pinchando en los elementos subrayados.

 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: Antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y poder comprobar los datos recogidos. 
  3. Elige el tipo de declaración: Decide si la presentación será individual o conjunta: Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa el botón “Presentar” para enviar tu declaración; y verifica que la cuenta bancaria y tu domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante, el resguardo de presentación. Este documento acredita que tu declaración se ha enviado correctamente.

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo obtener la copia de la declaración?

A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacerle un seguimiento al expediente generado o descargar, entre otros, la declaración presentada, se deberá dirigir a la sede electrónica y acceder al apartado MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás encontrar un cronograma de las actuaciones que se han realizado con tu declaración, la documentación adjunta al expediente y podrás, en caso necesario, iniciar nuevos trámites correspondientes al expediente.
Campaña Renta 25 desde el 15 de abril al 30 de junio del 2026
Presentar la declaración en nuestras OFICINAS de lunes a viernes de 8:30 a 19:00
94 406 6600

Consultar el resultado y presentar la declaración por TELÉFONO
94 608 3000

Consultar el resultado y presentar la declaración de forma ELECTRÓNICA

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