• Las personas contribuyentes que realicen actividades empresariales, profesionales, artísticas o deportivas tiene obligación de presentar y, en su caso, ingresar el modelo 130. La autoliquidación será única por el conjunto de todas las actividades que realice el o la contribuyente.
  • Entre las medidas tributarias extraordinarias para hacer frente al impacto del covid-19 en la economía de Bizkaia, las personas físicas que realizan actividades económicas no estaban obligadas a autoliquidar e ingresar los pagos fraccionados de IRPF correspondientes al año 2020 ni los correspondientes a los dos primeros trimestres del año 2021.
  • Por medio de este Decreto Foral Normativo 2/2022 y 5/2022 se adoptan medidas tributarias de choque, excepcionales y transitorias para 2022 y entre otras medidas se exonera de la obligación de autoliquidar e ingresar el pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ejercicio 2022 a las personas físicas que realizan actividades económicas.
Sin embargo, si deciden pagar, no pueden pedir aplazamientos ni la devolución de ingresos indebidos.
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En este apartado "Pagos fraccionados" podrás comprobar los pagos que has realizado.

 
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