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En las siguientes apartados podrá consultar las preguntas más frecuentes sobre medios de transporte:

Vehículos nuevos

¿A qué impuesto está sujeta la primera matriculación de vehículos?
La primera matriculación definitiva de vehículos, nuevos o usados, provistos de motor para su propulsión, excepto los casos previstos en el artículo 65.1.a) de la ley 38/1992, de 28 de diciembre, está sujeta al impuesto especial sobre determinados medios de transporte. (También conocido como impuesto de matriculación).
  • Trámites en hacienda
La ley establece una serie de exenciones, devoluciones y reducciones en el artículo 66. La exención se debe solicitar antes de la matriculación del vehículo y se hará mediante la presentación del modelo 05 de Solicitud de no sujeción y exención y la documentación necesaria.
La presentación de los modelos 576 (en caso de autoliquidación) ó 05 (solicitudes de exención o no sujeción) , se puede hacer en la Oficina de hacienda en Bilbao, en la Sección de vehículos o telemáticamente.
El modelo 06 (Exenciones y no sujeciones sin reconocimiento previo) debe presentarse obligatoriamente por vía telemática.
La ley no establece un plazo de pago pero éste debe realizarse siempre antes de efectuar la matriculación definitiva del medio de transporte.
¿Qué impuestos se pagan en la compra de un vehículo nuevo?

IVA

La compra de un coche nuevo está sujeto al pago del IVA correspondiente. El tipo de IVA con carácter general es del 21% pero puede aplicarse el tipo reducido del 4% previa solicitud a la Sección de IVA de Hacienda Foral de Bizkaia.
La aplicación del tipo del 4% podrá darse en la adquisición de los vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas con minusvalía en silla de ruedas, bien directamente o previa su adaptación, así como de los vehículos a motor que, previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con minusvalía en sillas de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor de los mismos.

Impuesto especial de determinados medios de transporte

La primera matriculación definitiva en España de vehículos, nuevos o usados, provistos de motor para su propulsión, excepto los casos previstos en el artículo 65.1.a) de la ley 38/1992, de 28 de diciembre, está sujeta al impuesto especial sobre determinados medios de transporte. (También conocido como impuesto de matriculación).
¿Qué documentación es necesario presentar con el modelo 576,565 y con los modelos 05 y 06?
¿Cómo tributa la adquisición de vehículos nuevo por un particular en un país de la UE?
  • Si lo adquiere fuera del ámbito de aplicación del IVA: Debe pasar por Aduana.
  • Si lo adquiere dentro del ámbito de aplicación del IVA:
    • Adquisición vehículo nuevo (menos de 6.000 kilómetros recorridos o entrega realizada en un plazo de 6 meses siguientes a la fecha de su primera puesta en servicio):
    • El IVA tributa en destino, cualquiera que sea la condición del vendedor. El adquirente deberá presentar un modelo 309 e ingresar el IVA.
    • Para el pago del Impuesto de matriculación deberá presenta el Modelo 576 salvo que sea no sujeto o exento, en cuyo caso sería un modelo 06 ó 05.

Vehículos usados

Valoración de medios de transporte
En el siguiente enlace podrá consultar los medios de venta aplicables en la gestión de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Sucesiones y Donaciones, Especial sobre Determinados Medios de Transporte y del Impuesto sobre el Patrimonio.
¿Qué impuestos se pagan en la transmisión de un vehículo entre particulares?
La transmisión de un vehículo usado entre particulares está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
El impuesto lo paga la persona que adquiere el vehículo. Se presenta en la Oficina de Hacienda correspondiente al lugar donde resida la persona que lo compra. Si vive en Bizkaia, se presenta en cualquiera de las Oficinas de la Hacienda Foral de Bizkaia. Si la persona que adquiere el vehículo no fuera de Bizkaia, deberá dirigirse a la Hacienda que le corresponda por su domicilio.
Cuando el vehículo usado se matricule por primera vez en España , también está sujeta al Impuesto especial sobre determinados medios de transporte.
¿Qué documentación se debe presentar en la compra de un vehículo usado entre particulares?
En las Oficinas de Hacienda (Sección de vehículos en la oficina de Bilbao), cumplimentarán con usted el Modelo 620 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Compra-venta de vehículos usados. Declaración-liquidación. modelo 620.
Alternativamente puede presentarse por vía telemática el modelo 621
Debe adjuntarse en ambos casos:
  • Original y copia del permiso de circulación
  • Copia de la tarjeta de inspección técnica del vehículo
  • DNI de comprador/a y vendedor/a.
Puede venir cualquier persona a entregar la documentación y realizar el pago. No es necesario que se personen ni comprador/a ni vendedor/a.
¿Cómo tributa la adquisición de un vehículo usado por un particular en un país de la UE?
  • Si la compra es a un particular, el adquirente deberá presentar en Bizkaia un modelo 620 o 621 como adquisición de vehículo de segunda mano y un modelo 576 para matricularlo, salvo que sea no sujeto o exento, en cuyo caso debe presentar un modelo 06 ó 05.
  • Si la compra es a un empresario, la entrega estará gravada en origen y no en Bizkaia, es decir, no hay obligación de presentar IVA en Bizkaia. Para su matriculación deberá presentar un Modelo 576 salvo que sea no sujeto o exento que en ese caso sería un 06 ó 05.

Enlaces

Para información llámenos
946 125 500
 

Otros medios de transporte

¿Cómo tributa una compraventa de caravanas entre particulares?
Esta transmisión la gestiona la Sección de Transmisiones (No la Sección de vehículos). Se debe liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales con el modelo 600 ya que es una Operación Sujeta a Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
  • Descripción de la operación: Se indicará el objeto del acto o contrato con su código correspondiente (relacionados en la hoja de instrucciones)
  • Transmisión de bienes muebles: Código de la operación (T20)
  • Sujeto pasivo: El adquirente.
  • Transmitente: El vendedor.
  • Base imponible: El precio (sujeto a comprobación por la Administración) que pongan en el contrato de compraventa.
  • Tipo: 4%.
  • Documentación:
    • Original y fotocopia del contrato de compraventa.
    • Original y fotocopia de la documentación del vehículo (Permiso de circulación, tarjeta ITV)con las características del mismo.
    • Fotocopia del DNI de comprador y vendedor.
    • Contrato de compraventa y documentación del “vehículo”
  • Hoja 2: No es necesario presentar.
Modelo 600: Embarcación
Operación Sujeta a Transmisiones Patrimoniales Onerosas:Se indicará el objeto del acto o contrato con su código correspondiente (relacionados en la hoja de instrucciones)
Descripción de la operación:
Transmisión de bienes muebles: Código de la operación (T20)
  • Sujeto pasivo: El adquirente.
  • Transmitente: El vendedor.
  • Base imponible: El precio (sujeto a comprobación por la Administración)
  • Tipo: 4%.
  • Documentación: Contrato de compraventa y documentación de la embarcación con las características de la misma.
  • Hoja 2: No hace falta presentar.

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Preguntas frecuentes

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