1) Se da de
alta el nuevo bien pulsando la pestaña correspondiente. Se comprobará con anterioridad que el bien no está inscrito en el LROE.
Añade el tipo de bien y forma de titularidad sobre él.
Elige el tipo de amortización (por tablas, libre...) así como el porcentaje de afectación (puede ser distinto de 100) y el valor que tiene el bien al comienzo de la amortización (valor amortizable inicial).
2) Posteriormente se dará de alta la factura en el capítulo de
gastos y facturas recibidas.
En datos IRPF, debemos marcar solo afecto a IRPF puesto que aunque es un bien de inversión, no se afecta a IVA al tener un valor inferior a 3.005,06€ (IVA excluido).
3) Registro de Amortización:
- Si estás en Estimación Directa simplificada en IRPF: no debes hacer anotación alguna por la amortización.
- Si estás en Estimación Directa normal en IRPF: al finalizar el ejercicio debes anotar la dotación a la amortización del ejericicio en el capítulo de gastos y facturas recibidas: una vez dado de alta el bien, hay que dar de alta el gasto de la compra en el capítulo de gastos y facturas recibidas.
- Se calculará los días correspondientes hasta el 31 de diciembre, siendo en este ejemplo desde el 02/05/2024 hasta el 31/12/2024, 242 días. El cálculo sería el siguiente: (3.000X242/365)*15%= 298.35€ (Siendo el 15% el coeficiente máximo en tablas).
- En el libro-registro del ejercicio siguiente, seleccionando el bien el capítulo de Bienes, al seleccionar el detalle del bien, puedes consultar la amortización acumulada a 31 de diciembre del año anterior (en este caso como es el primer ejercicio la cantidad amortizada será 298,35 €).