Una vez que ha iniciado la actividad debe
dar de alta el bien en el LROE al igual que otros bienes de inversión, con la particularidad de marcar la casilla
Bien de inversión a efectos del IVA y poniendo como
Fecha de operación, la fecha en la que se adquirió el bien y como
Fecha inicio utilización la fecha en la que se inicia la actividad.

Asímismo, debemos
registrar la factura de compra del bien en el capítulo
Gastos y facturas recibidas.
Una vez transcurridos los 4 años de actividad podemos realizar la
regularización. Para ello, seleccionamos la pestaña
Regularización anual, identificamos el bien a regularizar (Referencia bien), e introducimos los datos correspondientes a
Regularización IVA:
- Prorrata año inicio, que corresponde a la prorrata propuesta en el alta previo al inicio de actividad.
- prorrata anual definitiva, que es la porcentaje que hemos calculado según los primeros 4 años de actividad.
- Regularización anual deducción, la cantidad que resulte a deducir o a ingresar complementariamente debido a la regularización.

Finalmente, pulsar GUARDAR.