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Información tributaria: ganancia patrimonial por obtención de un premio
Ganancia patrimonial por premios relacionados con productos bancarios
Tributación de un premio fruto de un sorteo efectuado entre los clientes de una entidad bancaria
En el caso del premio se produce un cambio en el patrimonio haciendo que el mismo tenga mayor valor. Por lo tanto, se trata de una ganancia patrimonial que, además irá a la base general del impuesto porque no procede de ninguna transmisión de elementos patrimoniales del obligado tributario.

La tributación es la misma si el premio es en metálico o en especie. 
Tributación de un regalo que concede una entidad bancaria al hacer una operación determinada
Los regalos que se reciben en las entidades bancarias, generalmente por contratar productos, domiciliar nóminas, etc., y que se entregan a todas las personas que cumplan los requisitos exigidos, son retribuciones en especie y por lo tanto constituyen un rendimiento de capital mobiliario de la base del ahorro. No son ganancias patrimoniales. 
Tributación de premios de carácter laboral
¿Cómo tributan los premios recibidos como fruto de una relación de carácter laboral?

Los premios derivados de una relación de carácter laboral o estatutaria se integrarán como un rendimiento de trabajo personal al 60% si su periodo de generación es superior a 2 años y no se obtienen de forma periódica o recurrente. Este porcentaje será del 50% en el supuesto que el periodo de generación sea superior a 5 años. 
Los rendimientos sobre los que se aplicará el conjunto de porcentajes de integración inferiores al 100 por 100 no podrá superar el importe de 300.000 euros anuales. El exceso sobre el citado importe se integrará al 100 por 100.
Ganancia patrimonial por premios de sorteos y juegos
Tributación de los premios de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado
  • Están sometidos a un gravamen especial del 20% que se devengará en el momento que se abone el premio y, por lo tanto, no se deberán incluir en la declaración del IRPF los siguientes premios:
    • Los premios de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado son: Lotería Nacional, Lotería Primitiva, Bonoloto, El Gordo de la Primitiva, Euro millones, La Quiniela, Quinigol, Lototurf y Quíntuple Plus, también los organizados por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles
    • También están incluidos los similares organizados por los órganos de la Unión Europea
  • Están exentos del gravamen especial:
    • Los premios de Loterías y Apuestas del Estado cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros.
    • Si es superior estará exento el importe hasta esa cifra (tributará la 20% por el exceso)
    • En el supuesto de que el premio fuera de titularidad compartida, la cuantía exenta prevista  se prorrateará entre los cotitulares en función de lauota que les corresponda.
Tributación por ganancias en juegos y apuestas
La renta gravada en estos juegos (apuestas, poker online, etc...) son las ganancias que excedan de las pérdidas soportadas durante el periodo Impositivo. Las ganancias y pérdidas obtenidas se imputan al periodo en que se gane o pierda la apuesta con independencia de cuando se retiren las cantidades depositadas en la cuenta online. Cuando las pérdidas superan a las ganancias, en el periodo impositivo, no son computables. Son ganancias patrimoniales a la base general porque no proceden de la transmisión de ningún elemento patrimonial.
Para más información pulse aquí

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

Incidencias o dudas más habituales
He recibido un coche como premio de un sorteo realizado por una entidad bancaria. ¿Cómo lo declraro?

Vamos a verlo con un ejemplo: En un sorteo entre los titulares de una imposición a plazo, una persona recibe como premio un vehículo, valorado en 16.418,42 €. Ingreso a cuenta repercutido: 3.283,68 €. Sin matricular y sin hacerle ningún Km. lo entrega en un concesionario y le dan 10.217,21 € ¿Cómo tiene que tributar? 

En este caso se producen dos operaciones: 

  • El premio recibido genera una ganancia patrimonial de la Base General por importe de 16.418,42 €. 
  • La transmisión del vehículo al concesionario genera una pérdida de patrimonio de la Base del Ahorro por diferencia entre 10.217,21 € (valor de venta) y 16.418,42 € (valor de compra). 

La ganancia no se puede compensar con la pérdida por ser de bases diferentes (una de la Base General y otra de la Base del ahorro). 

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Premios obtenidos en el póker online

Si juegas a apuestas deportivas, póker u otros juegos online, es importante que sepas cómo debes declarar tus ganancias en la Renta.

¿Qué se considera renta gravada?

  • Solo tributas por las ganancias que superen a tus pérdidas durante el año.
  • Con independencia de cuando se retiren las cantidades depositadas en la cuenta online

Vamos a verlo con un ejemplo: Ane juega al póker online. Durante el año ha tenido una ganancia de 1.500 €, al obtener 3.200 € de ingresos y 1.700 € de perdidas.

¿Cómo debe introducir Ane los datos en su borrador?

  1. Pulsa el botón Añadir concepto y en el buscador escribe “Otras transmisiones y otras ganancias o pérdidas”. Selecciona el concepto y entra en el apartado.
  2. Haz clic en el botón “Añadir Registro" del apartado “Otras transmisiones y otras ganancias o pérdidas” e introduce:
    • Clave: en esta casilla selecciona “Otras ganancias/pérdidas: Base General”.
    • Ganancia / Pérdida acumuladas: el importe de la ganancia anual, en el ejemplo, 1.500 €.captura pantalla indicativa del apartado a seleccionar
  3. Pulsar el botón de Guardar.
Documentación necesaria
Documentación necesaria para premios de productos bancarios
  • En este caso, justificante de la entidad bancaria en el que aparezca la valoración del premio recibido y en su caso la retención o el ingreso a cuenta. 
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Documentación necesaria para premios relacionados con el trabajo y actividades económicas
  • En el caso en que el premio no figure en el modelo 190 o 10T correctamente imputado, deberá aportar un certificado de la empresa pagadora donde se acredite el concepto por el que se ha pagado el premio.
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Documentación necesaria para ganancia de premios, sorteos y juegos
  • En este caso, justificante de la valoración del premio recibido y en su caso la retención o el ingreso a cuenta. 
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y, en su caso, modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado tienes el botón de ayuda.
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse.

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación:

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el botón superior "Mis Gestiones" y entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar".
  7. Selecciona el archivo: comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y comprobar los datos.
  3. Elige el tipo de declaración: individual o conjunta. Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa “Presentar” y verifica que la cuenta bancaria y el domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante (resguardo de presentación).

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial (individual o conjunta), selecciona Datos fiscales, datos declarados y cálculos. Se abrirá un cuadro y podrás ver la simulación en una nueva pestaña para visualizar, guardar o imprimir.

Verás tu declaración completa y todos los conceptos, así como los cálculos internos (bases, cuotas...). Además, podrás ver el detalle de cada apartado pinchando en los elementos subrayados.


A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacer un seguimiento al expediente o descargar la declaración presentada, se deberá acudir a la sede electrónica y acceder a MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás ver un cronograma de actuaciones, la documentación adjunta y, si es necesario, iniciar nuevos trámites.

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