Si el fin de la adquisición es la posterior reventa, la localización se determinará en base a
dónde se localice el cliente (sede de actividad económica, establecimiento permanente o residencia habitual):
- Si el cliente se localiza en la Península o Baleares, la entrega estará sujeta en el territorio de aplicación del IVA español.
- Si el cliente se localiza en un estado miembro de la Unión Europea, la entrega no está sujeta en territorio de aplicación del IVA español, está sujeta en el Estado miembro donde se localiza el cliente.
- Si el cliente se localiza en Canarias, Ceuta o Melilla, la entrega no está sujeta en el territorio de aplicación del IVA español, sin perjuicio de su sujeción al IGIC en Canarias, o IPSI en Ceuta o Melilla.
- Si el cliente se localiza en un estado de fuera de la Unión Europea, la entrega no está sujeta en territorio de aplicación del IVA español, está sujeta en el Estado miembro donde se localiza el cliente.