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Debes presentar el modelo 650 en la Hacienda Foral de Bizkaia (aunque los herederos/as sean residentes en Gipuzkoa, Alava o en territorio común) y debes aplicar la normativa de Territorio Común (al haber residido el fallecido/a más días en Territorio Común los últimos 5 años).

Por lo tanto, aplicando la normativa estatal, debe realizar las mismas gestiones que el contribuyente de Bizkaia en cuanto al modelo a presentar, lugar y plazo de presentación o documentación a presentar:
Plazo y lugar de presentación
El Plazo de presentación  es de un año, contado desde el día del fallecimiento (fecha de devengo); en el caso de ejercicio del poder testatorio por parte de comisario, contado desde que se produce el uso de ese poder testatorio.
Presentación telemática

Se podrá presentar de forma telemática el Modcelo 650 solo en los siguientes supuestos: 

  • Las notarías. Autoliquidaciones que cuenten con el respaldo de un documento notarial.
  • la Sede electrónica (www.ebizkaia.eus). Autoliquidaciones sin cuota a ingresar que, además, cuenten con el respaldo de un documento notarial en el que se constate la realización del Hecho Imponible (escritura de adjudicación de herencia, NO testamento).
Presentación presencial
Puede tramitarse en diferentes oficinas

La atención presencial se presta únicamente con Cita previa en oficina de Hacienda
También se tramita en las Oficinas del registro de la propiedad
¿Qué documentación debo presentar?
  • General:
    • DNI de la persona fallecida y de los herederos/as y/o legatarios/as,
    • Certificado de defunción,
    • Certificado del registro de últimas voluntades,
    • Copia del testamento. Cuando hubiere fallecido sin otorgar testamento, acta notarial de notoriedad o auto judicial de declaración de personas herederas.
    • Certificado de residencia de la persona fallecida en el Territorio Histórico de Bizkaia.
  • Inmuebles:
    • Copia de las escrituras y del recibo del IBI. 
  • Libretas de ahorro, cuentas, títulos de Deuda Pública, acciones que cotizan en Bolsa:
    • Certificados de los Bancos u otras instituciones financieras con la valoración a la fecha de fallecimiento.
  • Vehículos:
    • Permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica.
  • Participaciones sociales que no cotizan en bolsa:
    • Último Balance aprobado con anterioridad a la fecha de devengo, a efectos del Impuesto sobre Sociedades, y certificado del número de acciones o participaciones en que se divide el capital social respecto de las acciones o participaciones que no se negocien en un mercado secundario oficial.
  • Otros,  justificación documental de los demás bienes o derechos:
    • justificación documental de las cargas, deudas y gastos de última enfermedad, entierro y funeral, etc.
    • Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos para el disfrute de las reducciones, exenciones y resto de beneficios fiscales alegados: certificado de discapacidad o del grado de dependencia, libro de familia (para acreditar grado de parentesco), certificado de empadronamiento (para acreditar la reducción por convivencia si procede), etc.

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