Alquiler de vivienda para residencia (incluye garaje y trastero si se alquilan conjuntamente)
Estarán exentos de IVA los alquileres destinados única y exclusivamente a vivienda, incluidos los garajes anexos y los muebles arrendados conjuntamente con aquellos. No está obligado a darse de alta en el censo de empresarios y profesionales (036) ni presentar los modelos correspondientes a IVA ni al 347. Deberá declarar los ingresos del alquiler en su declaración de la renta