Las cantidades cobradas en concepto de pensión compensatoria en virtud de una decisión judicial, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo para su perceptor y deberán ser incluidas en el borrador.
Cuando la amortización del préstamo se realiza en concepto de pensión compensatoria porque así estuviera establecido en el convenio regulador aprobado judicialmente, o como en este caso en virtud de sentencia de divorcio, el importe cobrado tendrá la consideración de rendimiento del trabajo para el cónyuge perceptor.
Sí. Existe obligación de presentar declaración cuando el importe de la pensión compensatoria sea igual o superior a 14,000€. No obstante, entre importes comprendidos entre 14.000 y 20,000 euros, cabe la opción de presentar declaración abreviada si es más favorable para el contribuyente.
Es un rendimiento de trabajo personal. Se imputa en un 50% ya que su periodo de generación es mayor de 5 años.
Las cantidades cobradas en concepto de pensión compensatoria en virtud de una decisión judicial, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo para su perceptor y deberán ser incluidas en el borrador.
En el caso en que el premio no figure en el modelo 190 o 10T correctamente imputado, deberá aportar un certificado de la empresa pagadora donde se acredite el concepto por el que se ha pagado el premio.
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
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