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Tributación de la pensión compensatoria en virtud de una decisión judicial
¿Cómo tributan las  cantidades cobradas en concepto de pensión compensatoria en virtud de una decisión judicial?

Las cantidades cobradas en concepto de pensión compensatoria en virtud de una decisión judicial, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo para la persona perceptora y deberán ser incluidas en el borrador.
 
Tributación de premios de carácter laboral
¿Cómo tributan los premios recibidos como fruto de una relación de carácter laboral?

Los premios derivados de una relación de carácter laboral o estatutaria se integrarán como un rendimiento de trabajo personal al 60% si su periodo de generación es superior a 2 años y no se obtienen de forma periódica o recurrente. Este porcentaje será del 50% en el supuesto que el periodo de generación sea superior a 5 años. 
Los rendimientos sobre los que se aplicará el conjunto de porcentajes de integración inferiores al 100 por 100 no podrá superar el importe de 300.000 euros anuales. El exceso sobre el citado importe se integrará al 100 por 100.


 

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Incidencias o dudas más habituales
Pensión Compensatoria o anualidades por alimentos
Las cantidades cobradas en concepto de pensión compensatoria o por anualidades por alimentos en virtud de una decisión judicial, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo para su perceptor y deberán ser incluidas en el borrador. 
¿Estoy obligado a presentar la declaración si cobro una pensión compensatoria de 15.000 €?
La obligación de declarar por percibir una pensión compensatoria de 15.000 € cambia radicalmente a partir de 2025. Mientras que en 2024 esta renta obligaba a presentar la declaración, en 2025 deja de ser un motivo de obligación por sí misma.

Si cobras la pensión a partir 2025: No tienes obligación de declarar por este único concepto.
Si estarías obligado, si además de la pensión:
    • Tienes otros rendimientos de trabajo y el total supera los 20.000 €.
    • o si tienes rendimientos de capital o ganancias que superan los 1.600 €. 
¿Cómo tributa el cobro de un capital único en lugar de la pensión compensatoria en forma de renta mensual?
Vamos a verlo en un ejemplo: una persona y su expareja han acordado en el juzgado extinguir la pensión compensatoria de 500 €/mes que ella recibía desde hace 6 años. En su lugar, acuerdan un pago único de 30.000 €.

¿Dónde incluir los datos?
  • En el apartado “Sueldos, pensiones y similares”:
  • Haz clic en “Añadir Registro”.
  • Selecciona la clave “Pensión compensatoria cobrada”.
  • Añade el DNI/NIE y el nombre de la persona pagadora.

¿Qué reducción puedo aplicar si el capital corresponde a varios años?
  • Si el periodo de generación (años de matrimonio o convivencia reflejados en el acuerdo) es superior a 2 años, se integra al 60% (reducción del 40%).
  • Si el periodo de generación es superior a 5 años, se integra al 50% (reducción del 50%).
Añade los importes calculados:
  • Ingresos dinerarios: Capital cobrado x porcentaje de integración.
  • Considerando que ha recibido un pago único tras 7 años de matrimonio: 30.000 € x 50%= 15.000 € 
  • Añade el importe de Cantidad no integrada = Capital cobrado - ingresos dinerarios= 30.000 - 15.000 = 15.000 €. Captura de pantalla que explica como ingresar una pension compesatoria de pago unico

He recibido la pensión compensatoria de mi ex-cónyuge, ¿Dónde la incluyo en la Renta?
En el apartado “Sueldos, pensiones y similares”:
  • Haz clic en “Añadir Registro”.
  • Selecciona la clave “Pensión compensatoria cobrada”.
  • Añade el DNI/NIE y el nombre de la persona pagadora.
  • Añade el importe de Ingresos dinerarios.
captura de pantalla como introducir los datos de una pensión compensatoria
Premios
¿Cómo tributa el premio por permanencia?
Vamos a verlo en un ejemplo: una persona ha recibido un premio de 10.000 € por permanencia en la empresa durante 40 años, no recibiendo más rendimientos de trabajo generados en más de dos años.
  • Es un rendimiento de trabajo personal. Se imputa en un 50%, ya que su periodo de generación es mayor de 5 años. 
¿Dónde incluir los datos?
  • En el apartado “Sueldos, pensiones y similares”:
  • Haz clic en “Añadir Registro”.
  • Selecciona la clave “Trabajo por cuenta ajena”.
  • Añade el DNI/NIE y el nombre de la empresa pagadora.
  • Añade el importe de Ingresos dinerarios:
    • Ingresos dinerarios: Capital cobrado x porcentaje de integración = 0.000 € x 50%= 5.000 € 
  • Añade el importe de Cantidad no integrada: Cantidad no integrada = Premio recibido - Ingresos dinerarios = 5.000 € 


captura de pantalla como aportar el premio percibido por la empresa considerado un rendimiento irregular
Documentación necesaria

Si el premio no figura correctamente imputado en el modelo 190 o en el modelo 10T:

  • debes aportar un certificado de la empresa pagadora donde se acredite el concepto por el que se ha pagado el premio.

Si el premio figura correctamente:

  • debes conservar los justificantes relacionados con el premio. La Administración puede solicitarlos más adelante para comprobar la información. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y en su caso modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado, en el botón de ayuda; 
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: Navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": Aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: Comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: Pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: Comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
 


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse. 

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación: 

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: Aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: Se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: Asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: Pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: Verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el boton superior "Mis Gestiones"entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar.
  7. Selecciona el archivo: Comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA
: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: Antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y poder comprobar los datos recogidos. 
  3. Elige el tipo de declaración: Decide si la presentación será individual o conjunta: Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa el botón “Presentar” para enviar tu declaración; y verifica que la cuenta bancaria y tu domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante, el resguardo de presentación. Este documento acredita que tu declaración se ha enviado correctamente.

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial, en la opción que te interese (declaración individual o conjunta), seleccionando Datos fiscales, datos declarados y cálculos, se abrirá un cuadro en el que podremos optar por ver en una nueva pestaña del navegador la simulación de la liquidación; podrás visualizar, guardar o imprimir el documento.
 

Verás tu declaración completa y todos los conceptos de la misma, así como los cálculos internos  realizados por el sistema para llegar al resultado final (Bases, cuotas...). Además, podrás visualizar el detalle de cada apartado identificado en la declaración, pinchando en los elementos subrayados.

 

A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacerle un seguimiento al expediente generado o descargar, entre otros, la declaración presentada, se deberá dirigir a la sede electrónica y acceder al apartado MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás encontrar un cronograma de las actuaciones que se han realizado con tu declaración, la documentación adjunta al expediente y podrás, en caso necesario, iniciar nuevos trámites correspondientes al expediente.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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