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¿Qué es el incremento por pérdida de beneficio y cuándo hay que aplicarlo?
El incremento por pérdida de beneficios se dara, cuando hayas obtenido beneficios fiscales y o deducciones en ejercicios anteriores y se incumplan los requisitos necesarios para su obtención y por tanto estés obligado a devolverlos.

Ejemplo: Deduces por cuenta de ahorro vivienda, pero no aplicas el saldo a la adquisición de tu vivienda habitual.

La devolución del importe de la deducción más los intereses de demora correspondientes, se realizará en la declaración de la renta del ejercicio en que has incumplido los requisitos o has decidido que no los vas a cumplir.
¿Qué deducciones aplicadas pueden ser objeto de devolución por pérdida de beneficio?
Pueden ser objeto de devolución:
-Las deducciones por adquisición de vivienda habitual, compra de vivienda en construcción, cuenta vivienda, devolución intereses préstamo “cláusula suelo”, etc
-Las deducciones por inversiones de actividades empresariales o profesionales.​
-Las deducciones por participación de los trabajadores en la empresa ​
-Las deducciones por inversiones en microempresas, pequeñas o medianas empresas de nueva o reciente creación o innovadoras. ​
-La deducción extraordinaria por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas.​
-La deducción por inversión en Fondos Europeos para el impulso de la innovación.
Si transcurre el plazo establecido en la normativa sin haber comprado vivienda ¿qué tengo que hacer?

Deberás devolver las cantidades deducidas y sus correspondientes intereses de demora en el ejercicio de incumplimiento o en aquel que decidas que no lo vas a cumplir.

Antes de cumplimentar los datos en el borrador de renta, tendrás que calcular la suma de cantidades deducidas en los años anteriores que figuran en tus correspondientes declaraciones de renta, en el certificado del crédito fiscal consumido que puede solicitar a esta hacienda foral o en los datos fiscales del ejercicio. A estas cantidades habrá que sumar los intereses de demora. 
Si traspaso el saldo de una cuenta vivienda a otra, ¿debo devolver las deducciones que he ido practicando?
                                                               
Si se cancela la cuenta anterior o queda con saldo igual a cero y la nueva cuenta vivienda:
  • reúne los requisitos necesarios para considerarse cuenta vivienda (que esté perfectamente identificada, que sea única...)
  • mantiene a fecha de devengo del impuesto un saldo de, al menos, igual a las cantidades deducidas en ejercicios anteriores por la cuenta vivienda anterior
no tendrás que devolver ningún importe.  En otro caso, deberás devolver las cantidades deducidas. 

Todo ello teniendo en cuenta que la fecha de apertura será la original, esto es, la de la primera cuenta vivienda, para no incumplir con el plazo que establece la normativa para adquirir vivienda habitual.
Si destino el saldo de mi cuenta vivienda a amortizar una parte del préstamo hipotecario que mi pareja solicitó para adquirir su vivienda y que ahora va a ser la vivienda habitual de ambos, ¿pierdo el derecho a las deducciones practicadas?
Para no perder el derecho a las deducciones, debes acceder de algún modo a la propiedad de, al menos, una parte del inmueble a cambio de destinar el importe de tu cuenta vivienda a la amortización del préstamo hipotecario que recae sobre el mismo.


 

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

En este apartado"Incremento por pérdida de beneficios" podrás reflejar aquellas deducciones, exenciones o incentivos fiscales que aplicaste y debes devolver por incumplimiento de las condiciones establecidas para su disfrute.  
 

¿Cómo debe rellenar el incremento por pérdida de beneficios, por devolución de deducciones por cantidades depositadas en cuenta vivienda?


A partir del ejercicio 23, el programa incorpora un botón en la calculadora de intereses que te permite añadirlos sin necesidad de realizar anotaciones.

 


 

¿Cómo realizar el cálculo de intereses de demora?







Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y en su caso modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado, en el botón de ayuda; 
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: Navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": Aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: Comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: Pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: Comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
 


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse. 

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación: 

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: Aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: Se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: Asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: Pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: Verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el boton superior "Mis Gestiones"entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar.
  7. Selecciona el archivo: Comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA
: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: Antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y poder comprobar los datos recogidos. 
  3. Elige el tipo de declaración: Decide si la presentación será individual o conjunta: Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa el botón “Presentar” para enviar tu declaración; y verifica que la cuenta bancaria y tu domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante, el resguardo de presentación. Este documento acredita que tu declaración se ha enviado correctamente.

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial, en la opción que te interese (declaración individual o conjunta), seleccionando Datos fiscales, datos declarados y cálculos, se abrirá un cuadro en el que podremos optar por ver en una nueva pestaña del navegador la simulación de la liquidación; podrás visualizar, guardar o imprimir el documento.
 

Verás tu declaración completa y todos los conceptos de la misma, así como los cálculos internos  realizados por el sistema para llegar al resultado final (Bases, cuotas...). Además, podrás visualizar el detalle de cada apartado identificado en la declaración, pinchando en los elementos subrayados.

 

A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacerle un seguimiento al expediente generado o descargar, entre otros, la declaración presentada, se deberá dirigir a la sede electrónica y acceder al apartado MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás encontrar un cronograma de las actuaciones que se han realizado con tu declaración, la documentación adjunta al expediente y podrás, en caso necesario, iniciar nuevos trámites correspondientes al expediente.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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