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¿Cómo tributa el importe recibido tras constituir un usufructo a favor de una persona?

He constituido un usufructo temporal por 6 años sobre una vivienda a favor de una persona por un importe de 30.000€.  ¿Cómo tributa el importe recibido?

Los rendimientos procedentes de la constitución de derechos reales sobre bienes inmuebles tributan como rendimientos de capital inmobiliario en la Base Imponible General, y aunque sean generados en un periodo mayor de 2 años o 5 años se computan en todo caso al 100%, por lo que tributan los 30.000€ 

Artículo 30.1 y 30.3 de la NF 13/2013 del IRPF de 5 de diciembre. 

¿Cómo tributará la cesión del derecho de superficie de un solar de mi propiedad a una compañía eléctrica?

He cedido el derecho de superficie de un solar de mi propiedad a una compañía de electricidad por un periodo de 20 años y por un precio de 20.000€. ¿Cómo tributará?

El derecho de superficie es un derecho real sobre un bien inmueble, por lo que los rendimientos derivados de su constitución tributan como rendimientos de capital inmobiliario y su integración será del 100% en la Base Imponible General aun cuando el periodo de generación sea de 10 años.

Artículo 30.1 y 30.3 de la NF 13/2013 del IRPF de 5 de diciembre.

He recibido una indemnización por una expropiación que consiste en la constitución de una servidumbre de paso o por la ocupación temporal de unos terrenos. ¿Cómo tributa?

El derecho de servidumbre de paso es un derecho real sobre un bien inmueble, por lo que los rendimientos derivados de su constitución tributan como rendimientos de capital inmobiliario y su integración será del 100% en la Base Imponible General. 

Artículo 30.1 y 30.3 de la NF 13/2013 del IRPF de 5 de diciembre.

Me he quedado con el importe de la fianza que se constituyó a mi favor al formalizar el contrato de arrendamiento del local. ¿Cómo debo tributar por dicha cantidad?

He tenido un local arrendado y al finalizar el contrato de arrendamiento me he quedado con el importe de la fianza de 4.000€ que se constituyó a mi favor al formalizar el contrato de arrendamiento del local. Los 4.000€ cobrados de la fianza los he obtenido en concepto de indemnización por daños y desperfectos causados en el local. ¿Cómo debo tributar por dicha cantidad?

El importe recibido por el arrendador del arrendatario (inquilino) por los daños y desperfectos ocasionados en el local tributan como un rendimiento de capital inmobiliario que se integra en la Base Imponible General, y al ser un rendimiento obtenido de forma notoriamente irregular en el tiempo se integrará al 50% teniendo en cuenta el límite (300.000€) sobre el que se puede aplicar el porcentaje de integración. 

Ingresos íntegros de capital inmobiliario: 4.000€  

Se integran en la Base Imponible General de la siguiente forma: 

  • 4.000€ al 50% = 2.000€ 

Artículo 30 de la NF 13/2013 del IRPF de 5 de diciembre. 

Artículo 39 de la DF 47/2014 reglamento del IRPF 

¿Cómo debo tributar por una cantidad recibida a causa del traspaso de local realizado por el inquilino de un local comercial de mi propiedad?

Soy propietario de un local comercial que está alquilado y mi anterior inquilino en diciembre de 2021 traspasó el local. Por dicho traspaso he recibido 375.000 €. ¿Cómo debo tributar por dicha cantidad?

El importe recibido por el arrendador por el traspaso del local tributa como un rendimiento de capital inmobiliario que se integra en la Base Imponible General, y al ser un rendimiento obtenido de forma notoriamente irregular en el tiempo se integrará al 50%, teniendo en cuenta el límite (300.000€)  sobre el que se puede aplicar el porcentaje de integración. 

Ingresos íntegros de capital inmobiliario: 375.000€.

Se integran en la Base Imponible General de la siguiente forma: 

  • 300.000€ al 50% = 150.000€.
  • 75.000€ al 100% (375.000€-300.000€ debido al límite de integración).

 Total a integrar: 225.000€ = 150.000€ + 75.000€.

Artículo 30 de la NF 13/2013 del IRPF de 5 de diciembre. 
Artículo 39 de la DF 47/2014 reglamento del IRPF 

¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

En este apartado se reflejan los datos correspondientes a los rendimientos procedentes de la constitución o cesión de derechos reales de uso o disfrute (Usufructo, servidumbres, etc..) sobre inmuebles (incluido viviendas) y otros como: Indemnizaciones percibidas del arrendatario, subarrendatario o cesionario por daños o desperfectos en el inmueble o importes obtenidos por el traspaso o cesión del derecho  de arrendamiento del local de negocio.   

Estos rendimientos se integrarán en Base Imponible General. 
 

Documentación necesaria
  • Documento que acredite la obtención de ingresos: Contrato de arrendamiento si no lo ha aportado anteriormente, constitución de usufructo, servidumbre., etc.
  • Justificantes de cobro de los rendimientos.
  • Justificantes de gastos y acuerdo de rebaja de alquiler en su caso.
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Consulta tu borrador, corrige datos y descarga el resumen completo de tu renta.
¿Cómo visualizar o modificar algún dato?
Accede al borrador de tu declaración; verifica tus datos y en su caso modifícalos de una forma muy sencilla. Recuerda que en cada apartado, en el botón de ayuda; 
Botón de ayuda

¿Necesitas ayuda?

Encontrarás información detallada sobre el tema que deseas introducir o modificar.

Si ves que algún dato no es correcto, puedes cambiarlo fácilmente:

  1. Accede a tu declaración desde la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.

  2. Busca el apartado que contiene el dato incorrecto: Navega por el menú hasta localizar la sección correspondiente (por ejemplo, ingresos, deducciones, etc.).

  3. Haz clic en el icono de "Acciones" y en "Editar": Aparece junto al dato que quieres modificar.

  4. Introduce el valor correcto en el campo: Comprueba que el dato es el que corresponde.

  5. Guarda los cambios: Pulsa el botón “Guardar” para actualizar la información.

  6. Revisa la simulación de la liquidación: Comprueba que los cálculos se han actualizado correctamente antes de presentar la declaración.

Antes de finalizar, revisa todos los datos para evitar errores y trámites posteriores.
 


NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores).
 
¿Cómo adjuntar la documentación?

Aporta solo justificantes cuando no consten los datos, o estos tengan que modificarse. 

Si necesitas aportar documentos para tu declaración, puedes hacerlo fácilmente desde la aplicación: 

  1. Accede a tu declaración en la sede electrónica: Entra con tu clave o certificado digital.
  2. Localiza la opción “Adjuntar documentación”: Aparece en el menú principal y tiene un icono de un clip para que lo identifiques fácilmente.
  3. Selecciona la persona declarante y la sección: Se abrirá una ventana para seleccionar el archivo.
  4. Selecciona el archivo desde tu ordenador o dispositivo: Asegúrate de que el formato es válido (PDF, JPG, etc.).
  5. Confirma la subida del documento: Pulsa el botón “Adjuntar Documentos” para completar el proceso.
  6. Comprueba que el documento se ha cargado correctamente: Verás el nombre del archivo en la lista de documentos adjuntos.
 

Las personas contribuyentes estarán obligadas a conservar los justificantes y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración Tributaria, cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrán aportarlos durante la presentación de sus declaraciones, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Cómo aportar documentación después de presentar la declaración?

Puedes enviar desde la sede electrónica la documentación después de presentar la declaración de la Renta:

  1. Accede a la sede electrónica.
  2. Pulsa sobre el boton superior "Mis Gestiones"entra en el apartado "Mis expedientes".
  3. Selecciona el expediente correspondiente a tu declaración.
  4. Haz clic en la opción "Aportación de documentación tributaria".
  5. Indica la descripción de la documentación que se quiere aportar.
  6. Pulsa el botón "Adjuntar.
  7. Selecciona el archivo: Comprueba que el formato es válido (PDF o imagen).
  8. Verifica que el documento se ha cargado correctamente y pulsa "Enviar".

NOTA
: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo presentar la declaración?

Presentar tu declaración es sencillo y seguro. Solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Accede con tu clave o certificado digital.
  2. Revisa la simulación: Antes de presentar, puedes ver la simulación de la liquidación. Pulsa sobre "Ver más datos" y "Simulación de la liquidación" para descargarla y poder comprobar los datos recogidos. 
  3. Elige el tipo de declaración: Decide si la presentación será individual o conjunta: Si es conjunta, introduce la clave de representación de tu cónyuge o pareja de hecho.
  4. Pulsa el botón “Presentar” para enviar tu declaración; y verifica que la cuenta bancaria y tu domicilio fiscal son correctos.
  5. Descarga y guarda el justificante, el resguardo de presentación. Este documento acredita que tu declaración se ha enviado correctamente.

Declaraciones sustitutivas
Si después de presentar tu declaración necesitas corregir algún dato, puedes hacerlo mediante una declaración sustitutiva.

  • Puede presentar una declaración sustitutiva hasta las 23:59 horas del día en el que ha presentado su declaración, pudiendo modificar cualquier tipo de dato, identificativo o económico.
  • Si presenta varias declaraciones sustitutivas, únicamente se tendrá en consideración la última presentada.

NOTA: los vídeos y/o ejemplos son válidos para este ejercicio  (aunque algunos hacen referencia a ejercicios anteriores)
 
¿Cómo ver en un único documento mi declaración completa?
Si quieres ver tu declaración en un único documento podrás usar la simulación de la liquidación. En la pantalla inicial, en la opción que te interese (declaración individual o conjunta), seleccionando Datos fiscales, datos declarados y cálculos, se abrirá un cuadro en el que podremos optar por ver en una nueva pestaña del navegador la simulación de la liquidación; podrás visualizar, guardar o imprimir el documento.
 

Verás tu declaración completa y todos los conceptos de la misma, así como los cálculos internos  realizados por el sistema para llegar al resultado final (Bases, cuotas...). Además, podrás visualizar el detalle de cada apartado identificado en la declaración, pinchando en los elementos subrayados.

 

A partir del día siguiente a la presentación, si se desea comprobar que se ha presentado correctamente la declaración, hacerle un seguimiento al expediente generado o descargar, entre otros, la declaración presentada, se deberá dirigir a la sede electrónica y acceder al apartado MIS EXPEDIENTES. Aquí podrás encontrar un cronograma de las actuaciones que se han realizado con tu declaración, la documentación adjunta al expediente y podrás, en caso necesario, iniciar nuevos trámites correspondientes al expediente.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

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