Formas de acreditar el estado civil (basta con una de las opciones ofrecidas en cada apartado)
- Matrimonio:
- Libro de familia o certificado equivalente en el que se haya consignado el matrimonio.
- Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil.
- Viudedad:
- Libro de Familia en el que se haya consignado la defunción del cónyuge.
- Certificado de defunción del cónyuge expedido por el Registro Civil.
- Separación, nulidad o divorcio:
- Sentencia o decreto de separación o el otorgamiento de la escritura del convenio regulador que la determine.
- Sentencia, decreto o escritura pública de divorcio.
- En el propio certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil aparecerá en el marginal una anotación con la disolución del matrimonio.
- Certificado de fe de vida y estado expedido por el Registro Civil.
- Régimen económico matrimonial:
- Las modificaciones se acreditan por escritura de capitulaciones matrimoniales.
- Consta en el propio certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil.
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.