En el borrador de tu renta no aparece aplicado el régimen opcional, por lo que en caso de que lo quieras aplicar, deberás entrar en el apartado "Ventas, premios y otras ganancias o pérdidas - Régimen opcional de tributación para las ganancias patrimoniales de valores admitidos a negociación" y optar por su aplicación. La opción puede abarcar a tu declaración individual y/o a la conjunta, marca la que proceda.
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