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Entra en la aplicación HAZ TU FACTURA e introduce tu clave de identificación.

Emisor. Receptor.
- EMISOR: Aparecerán tus datos identificativos y la dirección de la última factura que hayas realizado.
- DESTINATARIO: introduzca el NIF de la persona que recibe el servicio. Si has introducido tus datos en el área de GESTIÓN DE DESTINATARIOS de la barra superior, solo tienes que seleccionarlos. Los datos del destinatario se cargarán automáticamente si ha seleccionado la factura en el apartado "CONSULTA DE FACTURAS".
Cabecera de factura
-Serie: Las facturas rectificativas deben ir en una serie aparte, que se selecciona del desplegable. En caso de que no tener creada una serie específica para las facturas rectificativas, deberá crearse previamente pulsando el botón "Nueva serie". En nuestro caso, tenemos ya creado una serie, "DFB_2023 rec", que seleccionamos.

-Factura rectificativa: deberá seleccionar el código y el tipo que corresponda: en nuestro caso elegimos la opción de artículo 80.1 (descuentos con posterioridad) y elegimos el tipo "Sustitutiva"

Debe rellenar los datos correspondientes a la base rectificada anterior al cambio, así como la cuota previa a la modificación.

-Facturas rectificadas o sustituidas: en caso de haber accedido al proceso de rectificación mediante CONSULTA FACTURAS aparecerá automáticamente la factura seleccionada para rectificar; en caso de haber accedido por NUEVA FACTURA + RECTIFICATIVA, deberá introducir manualmente los datos de la serie, número y fecha de expedición y pulsar el botón "Añadir".

Datos de la factura
-Descripción de la operación: Debe introducir una breve descripción del concepto por el que se emite la factura
-Fecha de operación: sólo se debe rellenar si es una fecha distinta a la fecha de expedición.
Líneas de detalle
En caso de haber accedido seleccionando la factura a modificar previamente, seleccione la factura y se cargarán los datos previos de la factura. Así podemos aprovechar los datos que van a permanecer igual.

Rellenar los datos en los campos que correspondan  y clicar en "Guardar línea". En nuestro caso, al ser una factura rectificativa sustitutiva, debemos registrar los datos tal y como si hiciésemos una factura nueva, registrando la base imponible definitiva, así como las cantidades y el tipo impositivo que corresponda. En este ejemplo suponemos que el destinatario no está en régimen de equivalencia.


En caso de que opte por registrar directamente la Línea de detalle sin haber seleccionado la Línea de detalle registrada previamente, asegúrese de eliminar la Línea de detalle original, pulsando en el icono (X). De esta manera, se evita que se se produzcan duplicidades en el IRPF.

Pie. Observaciones. Información a efectos del IRPF (LROE 140)
-Pie: Debe marcar la casilla "Retención soportada" y pulsar el icono de base de retención soportada (cargando los datos registrados en la línea de detalle) y seleccionar el porcentaje de retención correspondiente. También puedes introducir directamente la cantidad asociada marcando la casilla "Introducir retención soportada manualmente". En nuestro ejemplo, aplicamos una retención del 15% sobre una base imponible sobre la base ya rectificada, es decir, el importe total del servicio prestado menos la cuota del IVA repercutido. Los campos "Importe total", "Retención soportada" e "Importe neto" se modifican automáticamente en función de los datos introducidos.
-Observaciones: Indica las observaciones que consideres. Ejemplo: puedes poner la forma de pago o si estuviera exento de IVA el motivo de la exención.
-Información a efectos del IRPF (LROE 140): clica en el combo seleccionando tu actividad (en caso de tener más de una).
En caso de haber hecho la factura rectificativa por sustitución en la casilla "Importe Ingreso IRPF" deberá introducir manualmente la diferencia entre la factura rectificativa y la original con el signo positivo o negativo, según proceda, es decir, la factura rectificativa menos la factura inicial. De esta manera se evita que se produzcan duplicidades en los ingresos de IRPF.

Si el ingreso a computar en IRPF es distinto al de IVA clica en SI e indica el importe.
Si en el Libro-registro has optado por el "criterio de cobros" clica en la casilla de este apartado

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