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Cuando se produce un error en la factura, debe emitirse una factura rectificativa que debe cumplir una serie de requisitos: indicar el tipo de factura rectificativa (sustitutiva o por diferencias); el motivo, mediante el código correspondiente; y dentro de una serie de facturación específica para las facturas rectificativas.

A la hora de elegir el tipo de factura rectificativa, no existe ninguna condición que obligue a usar un tipo u otro; queda completamente a elección del emisor pero dependiendo del motivo de la rectificación, conviene más un tipo que otro y conlleva un procedimiento diferente a la hora de tramitarla:  
  • Factura rectificativa sustitutiva se utiliza especialmente para corregir errores relacionados con datos que no afectan la base imponible o el importe de la factura: errores en el NIF, dirección o en la descripción del concepto, por ejemplo.  
  • Factura rectificativas por diferencias se utiliza sobretodo para modificar los datos económicos y fiscales de la factura original, complementando los de la factura inicial: error en la cantidad o en el importe facturado.
Cómo hacer una factura rectificativa POR DIFERENCIAS
Se usa fundamentalmente cuando hay una modificación de la base imponible, cantidades, cuota de IVA...pero no hay errores en los datos aportados (destinatario,emisor, etc).
Emisor. Receptor.
- EMISOR: Aparecerán tus datos identificativos y la dirección de la última factura que hayas realizado.
- DESTINATARIO: introduzca el NIF de la persona que recibe el servicio. Si has introducido tus datos en el área de GESTIÓN DE DESTINATARIOS de la barra superior, solo tienes que seleccionarlos. Los datos del destinatario se cargarán automáticamente si ha seleccionado la factura en el apartado "CONSULTA DE FACTURAS".
Cabecera de factura
-Serie: Las facturas rectificativas deben ir en una serie aparte, que se selecciona del desplegable. En caso de que no tener creada una serie específica para las facturas rectificativas, deberá crearse previamente pulsando el botón "Nueva serie". En nuestro caso, tenemos ya creado una serie, "DFB_2023 rec", que seleccionamos.

-Factura rectificativa: deberá seleccionar el tipo que corresponde en nuestro caso "Por diferencias", así como el código que motiva la factura rectificativa. Para más información sobre qué código seleccionar pulse aquí.

-Facturas rectificadas o sustituidas: en caso de haber accedido al proceso de rectificación mediante CONSULTA FACTURAS aparecerá automáticamente la factura seleccionada para rectificar; en caso de haber accedido por NUEVA FACTURA + RECTIFICATIVA, deberá introducir manualmente los datos de la serie, número y fecha de expedición y pulsar el botón "Añadir".

Datos de la factura
-Descripción de la operación: Debe introducir una breve descripción del concepto por el que se emite la factura
-Fecha de operación: sólo se debe rellenar si es una fecha distinta a la fecha de expedición.
-Líneas de detalle: en caso de haber accedido seleccionando la factura a modificar previamente, seleccione la factura y se cargarán los datos previos de la factura.

Rellenar los datos en los campos que correspondan  y clicar en "Guardar línea". Hay que tener especial cuidado en poner el signo negativo en caso de que la diferencia sea negativa. En este ejemplo , descontamos 500€ del precio base por lo que introducimos con signo negativo 500 en el campo correspondiente. 


En caso de que opte por registrar directamente la Línea de detalle sin haber seleccionado la Línea de detalle registrada previamente, asegúrese de eliminar la Línea de detalle original, pulsando en el icono (X). De esta manera, se evita que se se produzcan duplicidades en el IRPF.

Pie. Observaciones. Información a efectos del IRPF (LROE 140)
-Pie: Debe marcar la casilla "Retención soportada" y pulsar el icono de base de retención soportada (cargando los datos registrados en la línea de detalle) y seleccionar el porcentaje de retención correspondiente. También puedes introducir directamente la cantidad asociada marcando la casilla "Introducir retención soportada manualmente". En nuestro ejemplo, aplicamos una retención del 15% sobre una base imponible sobre la base ya rectificada, es decir, el importe total del servicio prestado menos la cuota del IVA repercutido. Los campos "Importe total", "Retención soportada" e "Importe neto" se modifican automáticamente en función de los datos introducidos.
-Observaciones: Indica las observaciones que consideres. Ejemplo: puedes poner la forma de pago o si estuviera exento de IVA el motivo de la exención.
-Información a efectos del IRPF (LROE 140): clica en el combo seleccionando tu actividad (en caso de tener más de una).
En caso de haber hecho la factura rectificativa por diferencias, aparecerá automáticamente la cantidad definitiva de ingreso de IRPF

Si el ingreso a computar en IRPF es distinto al de IVA clica en SI e indica el importe.
Si en el Libro-registro has optado por el "criterio de cobros" clica en la casilla de este apartado

Cómo hacer una factura rectificativa SUSTITUTIVA
Se usa fundamentalmente cuando no hay una modificación de la base imponible, cantidades, cuota de IVA...pero hay errores en los datos aportados (destinatario,emisor, descripción del concepto, etc).
Emisor. Destinatario.
-EMISOR: Aparecerán tus datos identificativos y el domicilio de la última factura que hayas hecho.
-DESTINATARIO: Si ya has incorporado sus datos a en el campo GESTIÓN DESTINATARIOS de la barra superior solo debes escogerlo. Estarán cargados automáticamente los datos del destinatario si has seleccionado la factura desde "CONSULTA FACTURAS".
En el caso de que quieras modificar alguno de los datos identificativos del destinatario rellena la casilla que corresponda (NIF, nombre, Dirección...).

Cabecera de factura
-Serie: Las facturas rectificativas deben ir en una serie aparte, que se selecciona del desplegable. En caso de que no tener creada una serie específica para las facturas rectificativas, deberá crearse previamente pulsando el botón "Nueva serie". En nuestro caso, tenemos ya creado una serie, "DFB_2023 rec", que seleccionamos.

-Factura rectificativa: deberá seleccionar el tipo que corresponde en nuestro caso "Sustitutiva", así como el código que motiva la factura rectificativa. Para más información sobre qué código seleccionar pulse aquí.

Debe rellenar los datos correspondientes a la base rectificada anterior al cambio, así como la cuota previa a la modificación.

-Facturas rectificadas o sustituidas: en caso de haber accedido al proceso de rectificación mediante CONSULTA FACTURAS aparecerá automáticamente la factura seleccionada para rectificar; en caso de haber accedido por NUEVA FACTURA + RECTIFICATIVA, deberá introducir manualmente los datos de la serie, número y fecha de expedición y pulsar el botón "Añadir".

Datos de la factura
-Descripción de la operación: Debe introducir una breve descripción del concepto por el que se emite la factura
-Fecha de operación: sólo se debe rellenar si es una fecha distinta a la fecha de expedición.
-Líneas de detalle: en caso de haber accedido seleccionando la factura a modificar previamente, seleccione la factura y se cargarán los datos previos de la factura. Así podemos aprovechar los datos que van a permanecer igual.

Rellenar los datos en los campos que correspondan  y clicar en "Guardar línea". En nuestro caso, al ser una factura rectificativa sustitutiva, debemos registrar los datos tal y como si hiciésemos una factura nueva, registrando la base imponible definitiva, así como las cantidades y el tipo impositivo que corresponda.


En caso de que opte por registrar directamente la Línea de detalle sin haber seleccionado la Línea de detalle registrada previamente, asegúrese de eliminar la Línea de detalle original, pulsando en el icono (X). De esta manera, se evita que se se produzcan duplicidades en el IRPF.

Pie. Observaciones. Información a efectos del IRPF (LROE 140)
-Pie: Debe marcar la casilla "Retención soportada" y pulsar el icono de base de retención soportada (cargando los datos registrados en la línea de detalle) y seleccionar el porcentaje de retención correspondiente. También puedes introducir directamente la cantidad asociada marcando la casilla "Introducir retención soportada manualmente". En nuestro ejemplo, aplicamos una retención del 15% sobre una base imponible sobre la base ya rectificada, es decir, el importe total del servicio prestado menos la cuota del IVA repercutido. Los campos "Importe total", "Retención soportada" e "Importe neto" se modifican automáticamente en función de los datos introducidos.
-Observaciones: Indica las observaciones que consideres. Ejemplo: puedes poner la forma de pago o si estuviera exento de IVA el motivo de la exención.
-Información a efectos del IRPF (LROE 140): clica en el combo seleccionando tu actividad (en caso de tener más de una).
En caso de haber hecho la factura rectificativa por sustitución en la casilla "Importe Ingreso IRPF" deberá introducir manualmente la diferencia entre la factura rectificativa y la original con el signo positivo o negativo, según proceda, es decir, la factura rectificativa menos la factura inicial. De esta manera se evita que se produzcan duplicidades en los ingresos de IRPF.

Si el ingreso a computar en IRPF es distinto al de IVA clica en SI e indica el importe.
Si en el Libro-registro has optado por el "criterio de cobros" clica en la casilla de este apartado

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