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¿Cómo tributa un premio fruto de un sorteo efectuado entre los clientes de una entidad bancaria?
En el caso del premio se produce un cambio en el patrimonio haciendo que el mismo tenga mayor valor. Por lo tanto, se trata de una ganancia patrimonial que, además irá a la base general del impuesto porque no procede de ninguna transmisión de elementos patrimoniales del obligado tributario.

La tributación es la misma si el premio es en metálico o en especie. 
¿Cómo tributa un regalo que concede una entidad bancaria al hacer una operación determinada?
Los regalos que se reciben en las entidades bancarias, generalmente por contratar productos, domiciliar nóminas, etc., y que se entregan a todas las personas que cumplan los requisitos exigidos, son retribuciones en especie y por lo tanto constituyen un rendimiento de capital mobiliario de la base del ahorro. No son ganancias patrimoniales. 
He recibido un coche como premio de un sorteo realizado por una entidad bancaria. ¿Cómo lo declraro?

Ejemplo: En un sorteo entre los titulares de una imposición a plazo, una persona recibe como premio un vehículo, valorado en 16.418,42 €. Ingreso a cuenta repercutido: 3.283,68€. Sin matricular y sin hacerle ningún Km. lo entrega en un concesionario y le dan 10.217,21 € ¿cómo tiene que tributar? 

En este caso se producen dos operaciones: 

  • el premio recibido genera una ganancia patrimonial de la Base General por importe de 16.418,42 €. 
  • la transmisión del vehículo al concesionario genera una pérdida de patrimonio de la Base del Ahorro por diferencia entre 10.217,21 € (valor de venta) y 16.418,42 € (valor de compra). 

La ganancia no se puede compensar con la pérdida por ser de Bases diferentes (una de la Base General y otra de la Base del ahorro). 

La información recogida en este artículo es válida para la declaración de la renta del ejercicio 2024. No obstante, se han aprobado cambios normativos que entrarán en vigor en la declaración de 2025 o 2026. Puede consultar los detalles en el siguiente enlace: Cambios introducidos por la NF 2/2025.

Le recomendamos revisar esta información con antelación para estar al tanto de las novedades.


¿NECESITAS MODIFICAR TU BORRADOR DE RENTA?

En este apartado figuran los premios relacionados con sorteos a titulares de productos bancarios y tributarán dentro de la Base General del impuesto. 

Se imputarán al titular o titulares del producto financiero origen del premio. 

Documentación necesaria
  • En este caso, justificante de la entidad bancaria en el que aparezca la valoración del premio recibido y en su caso la retención o el ingreso a cuenta. 
Deberás conservar los justificantes y aportarlos cuando sean requeridos al efecto. No obstante, podrás adjuntarlos al presentar tu declaración, o posteriormente a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
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