• La solicitud del NIF en comunidades de bienes ha de seguir un orden cronológico que comienza en la sección de Censos fiscales, donde se presentará la documentación abajo detallada.  
  • En aquellos casos en los que el contrato de constitución de la comunidad de bienes haya de presentarse ante la sección de Transmisiones Patrimoniales , desde la propia sección de Censos se le emitirá NIF definitivo, siempre y cuando vaya a proceder a la presentación del contrato en la sección de Transmisiones Patrimoniales en el mismo día.
  • En estos casos, el NIF se imprime y se deposita en la sección de Censos, mientras el contribuyente presenta ITP-AJD. Una vez sellado el contrato en Transmisiones se vuelve a Censos, sin solicitar cita, para recoger el NIF definitivo.
  • Si, por el contrario, el contribuyente no va a liquidar ITP-AJD en el mismo día, se le emitirá un NIF provisional por 3 meses.

¿CÓMO LO PUEDE PRESENTAR?

Presencialmente (cita previa).​
  • Aportar un modelo 036 relleno y firmado. ​
  • Original y fotocopia del contrato privado de constitución o escritura pública en la que figure la identificación de todos los comuneros, el capital o los bienes aportados a la comunidad, su cuota de participación, el objeto y el domicilio de la comunidad, firmado por todos los comuneros. ​
  • Fotocopia del NIF todos los comuneros.​
  • Las comunidades de bienes cuyo objeto social sea el arrendamiento de bienes inmuebles deberán aportar además original y fotocopia de la escritura de compraventa, herencia o donación o contrato privado de compraventa del bien inmueble objeto de arrendamiento. Si no cuenten con una persona empleada con contrato laboral a jornada completa, no se les exigirá en su caso el paso posterior por Transmisiones. ​
Por Internet
  • Identificación: 
    • Si es una persona física y no dispone de una firma o clave electrónica, puede obtener una clave Bak, fácilmente, sin moverse de su domicilio. Infórmese aquí. 
    • Si es una persona jurídica, una comunidad de bienes u otro tipo de entidad debe disponer de una firma electrónica reconocida.
Para información llámenos
946 125 500
Para atención presencial 

 ​Plazo de presentación : Dentro de los treinta días siguientes a la fecha de constitución o de su establecimiento en territorio español. ​

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