¿CÓMO LO PUEDO PRESENTAR?
Presencialmente (cita previa)
- Aportar un modelo 036 relleno y firmado.
- Fotocopia de la escritura o documento fehaciente del título constitutivo de la propiedad horizontal.
- Fotocopia de la primera página del Libro de actas debidamente diligenciado por el Registrador de la Propiedad.
- Fotocopia del acta que recoja el nombramiento de la persona firmante del modelo 036.
Nota: Por razones prácticas y de agilización de la gestión censal, si se acredita que el Libro de actas está debidamente diligenciado por el Registrador de la Propiedad, se podrá entender que la comunidad de propietarios está constituida y se podrá asignar un NIF definitivo, sin necesidad de que se aporte el título constitutivo.
En cambio, si sólo se aportara el documento fehaciente del título constitutivo de la propiedad horizontal, se asignará un NIF provisional hasta que se justifique la oportuna diligenciación del Libro de actas.